Análisis
Inteligencia: nuevas facultades, viejas prácticas
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Por Decreto de Necesidad y Urgencia se reformó la Ley de Inteligencia Nacional. La decisión reflotó el debate sobre el poder del Estado, los controles democráticos y los límites constitucionales y trajo de vuelta aspectos históricos controvertidos. El Congreso que no estaría en condiciones de rechazar el DNU. La Justicia tendría la última decisión
Por Fernando Quaglia | LVSJ
El Boletín Oficial del primer día hábil de este año llegó con una sorpresa. Un extenso Decreto de Necesidad y Urgencia (el 941/25) estableció modificaciones importantes a la Ley de Inteligencia Nacional. De inmediato se abrió un debate político y jurídico que fue creciendo aun cuando funcionarios, legisladores y magistrados judiciales están hoy más atentos al oleaje del mar que a las vicisitudes políticas e institucionales.
El decreto reforma la estructura y amplía las atribuciones de la Secretaría Inteligencia del Estado (Side). El nuevo esquema combina disposiciones que buscan actualizar el sistema frente a amenazas contemporáneas con otras que despiertan serias dudas por su posible impacto sobre derechos y garantías constitucionales.
Por cierto, el contexto político es un dato clave para analizar el futuro de este decreto. Luego de las últimas elecciones de medio término, la actual conformación del Parlamento dificulta reunir mayorías en ambas cámaras para rechazar un DNU
Aprovechando la insólita estructura normativa que volvió casi inexpugnables a los decretos presidenciales -diseñada durante el kirchnerismo-, Milei decidió avanzar. Y es posible que se tome revancha de la derrota que sufrió cuando pretendió asignar millonarios fondos a la Side y el Congreso, por primera vez en la historia, anuló esa decisión “de necesidad y urgencia”.
La historia de los servicios de inteligencia argentinos es controvertida y también poco recordada. Desde la creación de la Cide durante el primer peronismo hasta la Side y sus múltiples reformulaciones, la inteligencia estatal estuvo durante largos períodos asociada al control político interno. Espionaje a personajes públicos de varios ámbitos, superposición de organismos y vínculos con prácticas represivas forman parte de un pasado que no distingue ideologías.
Como recuerda Pablo Mendelevich en La Nación, el problema no es nuevo: la cultura del espionaje político se consolidó mucho antes de la actual administración y nunca fue plenamente desmantelada, ni siquiera cuando se intentó hacerlo por vía legal con la Ley de Inteligencia Nacional 25.520 en 2001. La paradoja, como señala el periodista, es que sectores del peronismo y otras fuerzas políticas que hoy se presentan como defensores de la República rara vez revisaron su propia responsabilidad en la construcción de un sistema opaco y proclive a excesos.
El DNU reorganiza el sistema de inteligencia nacional y actualiza algunas funciones frente a nuevas amenazas, en especial en materia de ciberinteligencia y protección de infraestructuras críticas ante eventuales ataques tecnológicos. Además, reafirma -al menos en el plano declarativo-, que no se podrá hacer inteligencia o contrainteligencia “sobre personas por el solo hecho de su raza, fe religiosa, acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales, así como por la actividad lícita que desarrollen en cualquier esfera de acción”.
Aspectos controversiales
Sin embargo, junto a estas afirmaciones generales aparecen disposiciones que generan fundada preocupación jurídica e institucional. En primer lugar, el decreto no cumpliría con los requisitos constitucionales para legislar por DNU, ya que no justificaría por sí mismo la urgencia exigida por el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional. Otro punto crítico es la caracterización de todas las actividades de inteligencia como “encubiertas”, un término ambiguo que provoca confusión.
El aspecto más sensible es la habilitación para detener personas en el marco de actividades de inteligencia sin una intervención judicial. Esta facultad abre la puerta a decisiones arbitrarias y afecta garantías básicas constitucionales. En el mismo sentido, la ampliación de funciones de la Side, combinada con controles debilitados, podría restringir la labor judicial en la investigación de supuestos delitos.
Se espera que, una vez reanudada la actividad parlamentaria, la agenda oficial estará concentrada en la reforma laboral. El gobierno confía en que la actual composición del Congreso le permitirá neutralizar los intentos de rechazo del DNU. Es probable que abunden las denuncias y las proclamas opositoras, pero con escaso margen para avanzar más allá de ese plano.
En este escenario, la Justicia aparece nuevamente como la barrera última para poner límites a una posible vulneración de normas y derechos ciudadanos, en un país donde el espionaje político ha sido, durante décadas, una añeja y censurable costumbre.
