Edictos Judiciales
Usucapión: Morteros
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MORTEROS.- La Sra. Jueza del Juzgado C. C. Conc. Flia. Ctrol. Niñez, Adol. Pen. Juvenil y Faltas de la Ciudad de Morteros en autos caratulados “CANELLO SILVIA SUSANA – USUCAPION – MEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCAPION” Expte. 13494110, ha dictado la siguiente resolución: MORTEROS, 12/08/2025. Proveyendo a presentación AGREGA de fecha 11/08/2025: A lo peticionado, atento las constancias de autos, proveyendo a presentación AGREGA de fecha 04/07/2025: Admítase la presente demanda de usucapión, imprímase a la misma el trámite de juicio ordinario. Atento lo dispuesto por los arts. 783 y 783 ter del C.P.C. cítese y emplácese a los demandados a los domicilios que surgen de las medidas preparatorias, para que en el término de diez, comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Cítese a los colindantes actuales, en calidad de terceros, para que en el término de diez días comparezcan a hacer valer los derechos que les pudieran corresponder, bajo apercibimiento de ley. Asimismo, cítese y emplácese a todo otro tercero que se considere con derecho al inmueble a usucapir, por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial y diario La Voz de San Justo, por diez veces a intervalos regulares dentro de un período de treinta días, para que comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de ley, conforme lo dispuesto por el arts. 783, 152 y 165 del C.P.C. Cítese y emplácese al Representante de la Provincia, para que dentro del plazo de diez días comparezca a estar a derecho y a tomar participación, bajo apercibimiento de ley. Cítese y emplácese al Representante legal de la Municipalidad de Morteros para que en el término de diez días comparezca a estar a derecho y tomar participación bajo apercibimiento de ley. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia de Morteros acompañando edictos para su exhibición durante el período de treinta días (art. 785 del C.P.C.) y para que coloque en el inmueble que se trata de prescribir, cartel indicativo con referencias necesarias acerca de la existencia de este pleito (art. 786 del C.P.C.). Recaratúlense los presentes autos y déjese constancia. Notifíquese.- Se han publicado en el Boletín Oficial por 10 días hábiles del 8, 9, 10, 11, 12, 15, 16, 17, 18 y 19 de septiembre del corriente 2025.- De acuerdo al Estudio de títulos efectuado y al plano de mensura se transcribe la descripción del inmueble: Fracción de terreno que es el descripto al punto tercero del título de su referencia, que no es casa habitación del hogar con todo lo edificado, clavado y plantado, parte Sud de una mayor superficie, designada en un plano particular de subdivisión (Expediente N° V. 491/957 de la Dirección de Catastro) como lote número DOS el que es parte del lote número cuatro de la Manzana cincuenta y dos de la Colonia Isleta, hoy pueblo Morteros, Pedanía Libertad, Departamento San Justo, Provincia de Córdoba, cuyo lote de forma irregular tiene las siguientes medidas perimetrales: a partir del esquinero Nor-Este se miden hacia el Oeste, cinco metros setenta centímetros, desde este punto hacia el Sud un metro diez centímetros, desde aquí nuevamente hacia el Oeste cuatro metros treinta y cinco centímetros; desde aquí nuevamente hacia el Sud, un metros cuarenta y siete centímetros; desde este punto hacia el Oeste tres metros noventa y cinco centímetros; desde aquí hacia el Norte, un metro ochenta centímetros; desde este punto hacia el Oeste treinta y seis metros; desde aquí hacia el Sud, siete metros cincuenta centímetros; desde este punto hacia el Este, cincuenta metros y desde aquí hacia el Norte, cerrando la figura ocho metros veintisiete centímetros, lo que forma una superficie de TRESCIENTOS SETENTA METROS CUADRADOS, OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO CENTÍMETROS CUADRADOS, y linda; al Norte, con el resto de su fracción; al Este, calle pública Boulervard Nueve de Julio; al Oeste, con parte del Lote Diez y al Sud con el Lote Cinco de su Manzana, y SEGÚN PLANO DE MENSURA PARA PRESCRIPCION ADQUISITIVA FRACCION DE TERRENO, ubicada en la Ciudad de Morteros, Pedanía Libertad, Departamento San Justo, de esta Provincia de Córdoba, que se designa como LOTE CIEN de la MANZANA CINCUENTA Y DOS, que mide: en su costado Sudeste una línea quebrada en Cinco Partes: la Primera entre puntos H-A cinco metros setenta centímetros, la segunda entre puntos G-H un metros diez centímetros, la tercera entre puntos G-F cuatro metros veinte centímetros, la cuarta entre puntos E-F treinta y tres centímetros y la quinta entre puntos E-D dieciocho metros diez centímetros; en su costado Noroeste entre puntos-D siete metros veintitrés centímetros; en su costado Sudoeste entre puntos B-C veintiocho metros y cerrando la figura en su costado Sudeste entre puntos A-B ocho metros y linda al Noreste con Parcela 006 de Sucesión Indivisa de Gallo Francisco Juan, folio 23871 Año 1984 cuenta 3001-0822051-5; al Noroeste con resto de la Parcela 007, resto Lote 2 de la Manzana 52, Titular Néstor Santiago Gallo, Dominio 24542, folio 34012 Tomo 137 año 1980- cuenta 3001-0164949-4; al Sudoeste con Parcela 008 de Gustavo Daniel Osella, Particia Alejandra Osella, Matrícula FR: 1.440.574, Cuenta 3001-1522354-6 y al Sudeste con el Bv.El Libertador, lo que hace una superficie total de DOSCIENTOS CINCO METROS CUARENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS.- NOTA: La Mensura de Posesión afecta el Lote Of. DOS de la Manzana Of. CINCUENTA Y DOS, Parcela 3001410101023007, en forma PARCIAL, inscripto en el Dominio 24542 Folio 34012Tomo 137 del Año 1980 a nombre de Néstor Santiago Gallo, empadronada en la Cuenta N° 300101649494, a nombre de Néstor Santiago Gallo.- Firmado: ALMADA Marcela Rita Prosecretario/a Juzgado 1ra Instancia. DELFINO Alejandrina Lia Juez/a de 1ra. Instancia.
