Edicto judiciales
Usucapión: Morteros
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La Jueza de Primera Instancia en lo Civ., Com., de Conc., Flia., Control, Niñez y Juventud, Penal Juvenil y Faltas de la Ciudad de Morteros, Dra. Alejandrina Lía Delfino, en autos: "CARNERO, FERNANDO JOSÉ Y OTROS- USUCAPIÓN- MEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCAPIÓN" (Expte. N° 7326859, Secretaría N° 1), ha resuelto: "MORTEROS, 13/08/2025.- Proveyendo a la demanda de fecha 25/10/2024 téngase por promovida la presente demanda de usucapión, imprímase a la misma trámite de juicio ordinario. Atento lo dispuesto por el art. 783 y 783 ter. del C.P.C., cítese y emplácese a los demandados, titular registral Sra. Clemencia Carnero o Clemencia Carnero de Tipper y/o a sus sucesores, conforme lo dispuesto por los arts. 152 y 165 del C. de P.C., a cuyo fin publiquense edictos por cinco días en el Boletín Oficial y en diario "La Voz de San Justo" para que en el término de veinte días a partir de la última publicación comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía, y de nombrarles como representante al Sr. Asesor Letrado de la sede.- Asimismo, cítese y emplácese y a quienes se crean con derecho sobre el inmueble que se trata de usucapir, por medio de edictos a publicar en el Boletín Oficial y diario La Voz de San Justo, por diez veces a intervalos regulares dentro de un período de treinta días, para que concurran a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Cítese y emplácese a los colindantes en los términos del art. 784 inc. 4o, Carlos Cesar Santa Cruz, Maria Eva Castelaín y Angel Carnero de conformidad a lo informado por la D.G. de Catastro, por el término de cinco días, bajo apercibimiento de que su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos y no serán declarados rebeldes (art. 784 in fine del C.P.C.). Cítese y emplácese al Representante de la Pcia., para que dentro del plazo de cinco días comparezca a estar a derecho y a tomar participación, bajo apercibimiento de ley. Cítese y emplácese al Representante legal de la Municipalidad de la ciudad de Miramar para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho y tomar participación bajo apercibimiento de ley. Librese oficio al Sr. Oficial de Justicia de Miramar acompañando edictos para su exhibición durante el período de treinta días (art. 785 del C.P.C.) y para que coloque en el inmueble que se trata de prescribir, cartel indicativo con referencias necesarias acerca de la existencia de este pleito (art. 786 del C.P.C.). Atento lo dispuesto por el art. 1905 del CCCN, ofíciese al Registro General de la Provincia de Córdoba a los fines de la anotación de la litis respecto del inmueble objeto de la presente acción.- A lo demás oportunamente.- Se trata del siguiente inmueble s/ Plano: FRACCION DE TERRENO ubicada en el Dpto. San Justo, Pedanía Concepción, localidad Miramar, designado como Lote 103, Mz. 25, que se describe como: Parc. de 4 lados que mide al NO, línea A-B: 10 m colindando con Parc. 25 de Ángel Carnero; al NE, línea B-C: 56,12 m colindando con Parc. 9 de Clemencia Carnero de Típper; al SE, línea C-D: 10 m sobre calle Martín de Guemes y al SO, línea D-A: 56,12 m colindando en parte con Parc. 11 de Clemencia Carnero de Tipper y en parte con Parc. 17 de Carlos César Santa Cruz, lo que hace una sup. de 561,20 m2.- Se designa catastralmente como: 30-03-39- 01-01-018-103) (Desig. Oficial: Lote 10 Mz 25), empadronada en la Cuenta No 30031882182/1 y se encuentra inscripto en el Reg. Gral. de la Pcia. bajo la Mat. F.R. N° 1.075.819.- Notifíquese.- Fdo.: Alejandrina L. Delfino, Jueza.- Marcela R. Almada, Prosecretaria.-"
Ed. 46968
Vto. 04/09/2025