Un fallo cordobés amplía el marco de uso de aceite de cannabis

La Cámara Federal de Córdoba ordenó que a una paciente cordobesa que sufre de neurofibromatosis se le pueda suministrar, diferenciándose de la ley que sólo lo permite para quienes sufren epilepsia refractaria.
La Cámara Federal de Córdoba resolvió el otorgamiento de una medida cautelar para que le sea suministrado aceite de marihuana a una paciente cordobesa que sufre de neurofibromatosis, una forma de trastorno genético del sistema nervioso.
Lo resuelto cuestiona la ley que legalizó el suministro de aceite de cannabis en 2017, ya que esta solamente lo permite para quienes sufren epilepsia refractaria.
La resolución lleva la firma de los camaristas Luis Roberto Rueda e Ignacio María Vélez Funes, y de la secretaria de cámara Carolina Prado, quienes actúan como tribunal de feria.
El escrito hace lugar a la medida cautelar que había presentado una mujer contra la obra social universitaria Daspu y contra el Estado nacional para poder acceder al aceite de cannabis.
También destacaron que el caso revestía urgencia y una pronta respuesta dado que ella no está en condiciones "físicas ni psicológicas de esperar la tramitación de la causa judicial hasta que recaiga sentencia definitiva".
Argentina aprobó en 2017 la ley 27.350, muy criticada por pacientes y especialistas, que despenalizó la importación de un tipo de aceite de cannabis sólo para una determinada patología.
El pedido de la paciente cordobesa es para poder continuar con el tratamiento médico prescripto por diversos profesionales que la asisten.
La mujer, que es representada por el abogado Jorge Orgaz, pidió que el Estado nacional la inscribiera en el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, establecido por ley.
Además, solicitó que se declarara la inconstitucionalidad de algunos artículos de la ley nacional de aceite de cannabis.