Simplifican trámite a entidades religiosas para que no paguen Ganancias
Podrán acceder al beneficio con solo presentar el certificado que les otorga la Secretaría de Culto de la Cancillería al momento de su inscripción legal. En los próximos días saldrá publicada una resolución.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció hoy que se simplificará el trámite para que entidades religiosas accedan a la exención del pago del impuesto a las Ganancias.
Según informó la AFIP, "ya no deberán presentar ni su balance ni su declaración jurada".
Además, el organismo que encabeza Leandro Cuccioli afirmó que "la Secretaría de Culto de la Cancillería emitirá un certificado que les dará acceso a este beneficio impositivo".
"La AFIP simplificará la tramitación del certificado de exención en el impuesto a las Ganancias para aquellas entidades reconocidas por la Secretaría de Culto, dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación. Esta exención surge de la Ley 24.483 y del Decreto 1092/97", señaló la AFIP.
En un comunicado, detalló que a las entidades "solo se les exigirá el certificado emitido por el Ministerio, que luego deberán presentar en la AFIP".
A partir una resolución general que se conocerá en los próximos días, ya no deberán presentar ni balances ni declaraciones juradas.
"Esta simplificación es producto del diálogo desarrollado en los últimos meses entre la Secretaría de Culto, autoridades religiosas y la AFIP", explicó el organismo recaudador.