“Si hablamos de una vida digna, la muerte también debería serlo”
Rigo Boccanera es un médico que dedicó su vida a la salud pública. Defiende el derecho a morir y cree que el Estado debe estar presente para garantizarlo.
Para Rigo Boccanera, el primer paso que debe darse para abordar temas delicados como es el de la eutanasia es separar al Estado de la Iglesia -sea de la religión que fuera- para establecer un marco jurídico consensuado. Una ley que indique claramente cuándo y cómo un médico puede asistir a una persona a ejercer su derecho a morir de una manera digna.
Se define como un apasionado por la salud pública, porque tiene la capacidad de transformaciones mucho más abarcativas que la privada. Y considera que si como sociedad estamos de acuerdo en que la vida debe ser digna, también lo debe ser la muerte. Que debe primar el deseo de cada uno y que el Estado debe brindar las garantías para que este se respete.
"Cuando más concreto sea el marco jurídico, más segura va a ser la actuación del médico. Eso pasó un poco con el aborto. Yo escuché decir a muchos colegas que no se oponían al aborto sino que no estaban dispuestos a hacerlo si no había un marco legal", expresó el médico.
Sobre ello, el facultativo profundizó: "Estamos hablando del principio y del final de la vida. Y definir esos conceptos, definir cómo va a ser el final de la vida es una cuestión que atraviesa diferentes temas. Primero, religiosos, todos tenemos una carga religiosa que por ahí nos obtura la capacidad de repensar algunas cosas. Después está la cuestión médica. La Academia Nacional de Medicina definió que la vida empieza en tal punto, pero esa es una verdad creada por los hombres. ¿Es la verdad? No lo sé, pero la creamos nosotros. Lo mismo pasa con el fin de la vida: ¿quién lo determina? ¿La Justicia? ¿los médicos? ¿la religión? ¿o lo define uno mismo?"
"Definir el inicio y el final de la vida está atravesado por muchas perspectivas. Pero desde mi punto de vista deberíamos comprender de una vez por todas que hay que separa al Estado de cualquier otra creencia, sobre todo religiosa. Esto no significa no respetar: que cada uno tenga su propia religión, que crea en lo que quiera, pero hay ciertos temas donde el Estado debe definir porque se trata de salud pública", agregó.
Boccanera hace hincapié en la necesidad de apartar las creencias religiosas de las decisiones jurídicas que abarcan a todas las personas que vivimos en un mismo territorio: "La Iglesia se opuso al divorcio, pero el Estado le dio un marco legal y no por eso hubo una epidemia de divorcios. Acá en San Francisco hubo sacerdotes que se opusieron al uso del preservativo. Entonces, si no separamos el Estado de la Iglesia, no podríamos estar repartiendo anticonceptivos en los hospitales".
Yendo a su opinión personal afirmó: "Yo, como persona común y como médico, estoy completamente de acuerdo con que debe reglamentarse la ley de eutanasia. La pregunta que debemos hacernos es si existe un derecho a la muerte. Si existe ese derecho, el Estado debe estar presente garantizándolo. Yo creo que sí existe ese derecho y que debe estar garantizado".
"Si estamos hablando de una vida digna, la muerte también debe serlo, porque es parte de ella. Paradójicamente, los que se oponen de una legislación de la eutanasia son los que menos se preocupan por que la gente tenga una vida digna", agregó.
Decisiones íntimas
Una de las facultades que tienen los pacientes es decidir cuando no quieren seguir prolongando sus vidas en base a tratamientos. Algunos van más allá y ya no quieren recibir ningún medicamento e incluso se niegan a ingerir alimentos o a hidratarse.
Por más fuerte que suene, Boccanera considera que es un derecho que debe ser respetado. "Para los médicos que consideramos que las personas tienen un derecho a la muerte digna, no es difícil tomar medidas pasivas. Una de ellas puede ser no darle de comer si el paciente no quiere. Te preguntan ¿vos sabés que si no come se va a morir? Sí, pero es lo que el paciente me pidió. Ante la pregunta de hasta dónde es ético no hacer yo digo: ¿hasta dónde es ético hacer?"
"Siempre dentro de una ley que deje establecido hasta donde puedo y hasta dónde no puedo", aclaró.
En ese sentido añadió: "Si tanto el paciente como toda la familia están esperando que se termine con ese calvario... ¿cuál es el problema de terminarlo? Si el problema es religioso, separemos la Iglesia del Estado. Si es jurídico... adecuemos la ley".
"Cuando hay una persona en un estado ya irreversible, la familia lo primero que hace es llevarlo a la clínica, y de ahí a la terapia intensiva... queremos a la muerte lo más lejos posible. Pero uno quizás lo que quiere es morirse en su cama. A veces el paciente ya ansía su muerte para terminar con el suplicio. Y somos nosotros los que egoístamente nos aferramos a su vida. ¡Dejalo a él que decida sobre su propia vida!", concluyó el médico.
La ley que
se aprobó recientemente en España cuenta con algunos puntos clave que sirven de
guía para comprenderla. Qué regula.
"Eutanasia activa es la acción por la que un profesional sanitario pone fin a
la vida de un paciente de manera deliberada y a petición de este, cuando se
produce dentro de un contexto eutanásico por causa de padecimiento grave,
crónico e imposibilitante o enfermedad grave e incurable, causantes de un
sufrimiento intolerable", define la ley orgánica en su exposición de motivos. Quién puede
pedirla. Hay que "tener la nacionalidad española o residencia legal en España o
certificado de empadronamiento que acredite un tiempo de permanencia en
territorio español superior a 12 meses, tener mayoría de edad y ser capaz y
consciente en el momento de la solicitud", dice la ley. Si la persona no cumple
el requisito de estar consciente, puede aplicársele si ha "suscrito con
anterioridad un documento de instrucciones, testamento vital, voluntades
anticipadas o documentos equivalentes legalmente reconocidos, en cuyo caso se
podrá facilitar la prestación de ayuda para morir conforme a lo dispuesto en
dicho documento. En el caso de haber nombrado representante en ese documento
será el interlocutor válido para el médico responsable". ¿Quién debe
autorizar el proceso? Primero, el paciente debe contar con la aquiescencia de
su médico. Éste, a su vez, debe pedir la opinión de un facultativo consultivo,
que debe tener "formación en el ámbito de las patologías que padece el
paciente" pero no pertenecer "al mismo equipo del médico responsable". Después,
la comisión de evaluación deberá nombrar a dos expertos que evalúen el tema
(uno de ellos, un jurista). Si ambos están de acuerdo, el proceso seguirá
adelante. Si no, deberá decidir el pleno de la comisión. Una vez que esta
decida que la petición está justificada, se lo comunicará al médico responsable
para que proceda a aplicar la eutanasia o facilitar el suicidio. Si en algún
paso la solicitud es rechazada, el interesado puede reclamar ante la comisión
y, si no está de acuerdo con lo que esta determine, ante la "jurisdicción
contencioso-administrativa". Habrá también un control a posteriori por parte de
la misma comisión. ¿Cuánto
dura el proceso? Un proceso que siga todos los pasos tendrá primero un periodo
de 15 días entre las dos solicitudes del paciente. Después, 24 horas hasta que
el médico responsable consulte con un especialista ajeno al caso. Este tendrá
hasta 10 días para contestar. Luego podrán pasar hasta tres días hasta que se
comunique a la comisión de garantías. La dirección de la comisión podrá tardar
otros dos días en nombrar a los expertos que van a evaluar la petición, y estos
tendrán otros siete para decidir y dos más para comunicar al presidente de la
comisión su resolución. Si esta es positiva, el presidente la trasladará al
médico responsable, que la llevará a cabo "con el máximo cuidado y
profesionalidad por parte de los profesionales sanitarios, con aplicación de
los protocolos correspondientes, que contendrán, además, criterios en cuanto a
la forma y tiempo de realización de la prestación", según la ley, que no fija
un plazo. Es decir, en total, pueden pasar como máximo 40 días desde la primera
solicitud hasta que el médico reciba el visto bueno. A lo que hay que sumar
unos días no concretados para el acto de la eutanasia en sí. ¿Dónde y
quién la aplica? "La prestación de la ayuda para morir se realizará en centros
sanitarios públicos, privados o concertados, y en el domicilio" del paciente.
Su aplicación queda a cargo del médico responsable del proceso. ¿Pueden
negarse los médicos? "Los profesionales sanitarios directamente implicados en
la prestación de ayuda para morir podrán ejercer su derecho a la objeción de
conciencia", dice la ley española. Este reparo "deberá manifestarse
anticipadamente y por escrito". Es deber de la Administración sanitaria velar
para que la renuncia de los sanitarios no menoscabe "el acceso y la calidad
asistencial de la prestación".Qué dice la
ley de eutanasia
en España