“Seguramente van a intentar trasladar el costo al valor del alquiler”

El doctor en Ciencias Económicas, Carlos Cravero, analizó los efectos que puede tener la nueva reglamentación sobre los alquileres que establece que el locador debe informar cada contrato nuevo o vigente a la Afip.
La noticia que daba cuenta de la reglamentación de parte de la Afip del Reli (Registro de contratos de Locación de Inmuebles) causó cierta preocupación en el sector inmobiliario. Se trata de una de las disposiciones de la nueva Ley de Alquileres que obliga a los locadores a informar a la Afip cada contrato, nuevo o vigente.
Por ahora todo es incertidumbre, pero Carlos Cravero -doctor en Ciencias Económicas- estima que los dueños de propiedades buscarán trasladar al precio de los alquileres los costos que puedan surgir de esta nueva reglamentación.
Cravero explicó que esta disposición "lo que intenta es que todas aquellas personas que son propietarios de inmuebles y los alquilan, la Afip pueda acceder a los contratos. ¿Eso qué representa? Para aquel que los declara normalmente y hace todo bien, no va a haber ningún inconveniente. Pero aquellos que no hacen figurar nada, lógicamente van a tener un mayor costo y seguramente lo van a querer trasladar -si pueden- al valor del alquiler".
Sobre ello agregó: "Ese es el efecto que uno estima que pueda ocurrir. Alguien que alquila una casa habitación, eso no lleva IVA. Pero un local comercial sí lleva, por lo que el locador va a tener que inscribir y demás. Lo mismo, aunque no lleva IVA, si alguien tiene propiedades y las alquila va a tener que tributar también la tasa municipal a la industria, comercio y servicios, y el impuesto a los Ingresos Brutos. Por eso, aquel que los venía declarando no va a tener problemas. Pero el que lo hacía como quien dice en negro, va a tener que blanquearlo y eso tendrá un costo impositivo que tendrá que ver cómo lo afronta: si se lo traslada a quien le alquila o lo absorbe".
Contratos nuevos y vigentes
El prestigioso economista sanfrancisqueño explicó que esta reglamentación alcanza a los contratos nuevos, los cuales tendrán 10 días de plazo para ser inscriptos. Y también a contratos celebrados a partir del 1 de julio de 2020.
"Entran todos los contratos. Los nuevos que se hagan tienen 10 días para inscribirse. Los que ya están vigente tienen tiempo hasta el 15 de abril", comentó.
Cravero recordó que según la ley establece que los alquileres solo se pueden actualizar según el Índice para Contratos de Locación (ICL) publicado diariamente por el Banco Central y que desde el 30 de junio al presente acumula un alza del 18%.
"Los alquileres no se pueden ajustar, pero hay veces que los contratos tienen una cláusula que establece que los futuros impuestos que se creen van a estar a cargo del dueño de local o de quien alquila. Entonces va a jugar eso. Y ello no significa desde el punto de vista contractual que se trate de un aumento", contó.
Para Cravero la Afip cuenta con herramientas suficientes como para controlar que la disposición se cumpla: "La renta de los inmuebles es primera categoría en el régimen de ganancias. Entonces, la Afip puede empezar por ahí. Hoy en día todos los controles son virtuales, con la informática es muy fácil detectar estos casos. Yo creo que esto es un puntapié inicial para luego iniciar un programa de fiscalización".
Consultado sobre la posibilidad de que dos particulares acuerden entre sí un alquiler "informal" sin declararlo, Cravero consideró: "Lo van a tener un poco más complicado. Para alguien que tiene una casa y la alquila quizás no hay tanto problema. Una persona que hizo un ahorro en su vida, compró un departamentito y lo alquila, no va a estar detectado. Pero hay gente que tiene varias propiedades y se le va a complicar".
Sobre qué se espera de la nueva reglamentación, indicó: "Todavía no salieron los analistas a dar opiniones. Explican cómo es la ley pero no dicen qué efecto puede tener. Habrá que esperar".