Requisitos para conducir en las rutas de Córdoba
¿Cuáles son los requisitos para conducir en la provincia de Córdoba? ¿Cómo evitar multas de la Policía Caminera? ¿Qué documentación se debe llevar en el coche? ¿Qué pide Caminera para circular?
La Policía Caminera de Córdoba elaboró un instructivo con todos los requisitos para circular por las rutas de nuestra provincia. Los mismos son en base a las leyes de tránsito vigentes. En el artículo se menciona la documentación necesaria, los elementos de seguridad para coches y los requisitos para las motos y transporte de cargas.
Es de suma importancia tener en cuenta todo lo necesario no sólo para evitar actas de la Caminera sino por una cuestión de seguridad vial, previniendo posibles lesiones por accidentes de tránsito.
Documentación
Licencia para conducir. Debe estar en buen estado y habilitada en tiempo y forma. No mostrar el carné es infracción (licencias de conducir de Córdoba).
Tarjeta verde. Es la cédula de identificación del automotor. Debe usarse únicamente por el titular del vehículo.
Tarjeta azul. Cumple la misma función que la cedula de identificación del automotor (tarjeta verde), pero el uso es exclusivo de la persona autorizada a conducir el vehículo. No tiene fecha de vencimiento.
Seguro. Se solicita el comprobante de constitución de póliza de seguro.
Requisitos para circular
Elementos de seguridad para coches que exige Caminera:
Ocupantes. Utilizar siempre el cinturón de seguridad. La cantidad de ocupantes permitida está determinada por el número de cinturones de seguridad que tenga el auto de fábrica, no se permite la instalación y/o modificación. Los menores de 11 años de edad de acuerdo al peso y tamaño deben viajar en sillas o butacas especiales.
Espejos retrovisores. Deben estar sanos los dos retrovisores externos.
Baliza triangular. Puede ir guardada en el baúl hasta ser utilizada.
Menores de 10 años siempre sentados atrás.
Chapas patentes. Deben ir colocadas en su lugar, con sus respectivas luces y en perfecto estado, sin acrílicos ni marcos cobertores.
Luces. A cualquier hora del día en rutas, llevar encendida la luz baja, las luces de posición y patentes. Deben estar limpias y en correcto funcionamiento: freno, giro, retroceso, antiniebla, emergencia, baja, alta y posición.
Matafuego. Dentro del habitáculo, fijo y al alcance de la mano.
Cinturones de seguridad.
Sillas especiales para niños. Los infantes menores de 12 años deben viajar en el asiento trasero y los más pequeños en sillitas o con un booster que ayude a colocarse el cinturón de seguridad, dependiendo cada caso. Los bebés no pueden viajar en los brazos de un adulto.
Sillas especiales para niños en los autos
Los bebes y niños deben viajar seguros y esto significa que deben hacerlo en sillas especiales para su edad y tamaño.
¿Qué dice la Ley Provincial de Tránsito de Córdoba?: "Está prohibido circular con menores de 10 años situados en los asientos delanteros del vehículo, salvo que utilicen dispositivos especiales homologados al tal efecto. Está prohibido transportar menores de diez años en motocicletas y ciclomotores".
Cabe aclarar que en los requisitos para conducir en Córdoba que fueron provistos por la Policía Caminera no se hace mención al respecto, al igual que tampoco lo señala la Ley Provincial como anteriormente se indicó. Sin embargo, los usuarios realizan muchas preguntas sobre cómo deben viajar los más pequeños. En primer lugar, hay que advertir que existen tres tipos de sillas especiales de acuerdo al tamaño y la edad.
Las sillitas especiales más pequeñas se utilizan justamente para los niños más pequeños, hasta 10 kilogramos de peso o aproximadamente 9 meses de edad.
Estos equipos para recién nacidos se deben instalar mirando hacia atrás y en una posición inclinada de 45° en el vehículo. Es muy importante esto ya que el cuello del bebé aún es débil para sostener la cabeza. Las sillas están equipadas con un arnés (similar al cinturón). La misma se debe sujetar al asiento directamente a través del cinturón de seguridad.
Los equipos están diseñados para niños de hasta 9 meses de edad. Generalmente al cumplir el noveno mes se debe dejar de usar porque su cabeza o extremidades sobresalen de la estructura. La silla tiene el arnés para sujetarlo de acuerdo al crecimiento del niño, pero no hay que exceder los límites.
Niños pequeños
Las sillas especiales para estos menores corresponden desde 10 a 18kg, hasta los 3 años aproximadamente.
Estos equipos ya se instalan mirando hacia adelante, al contrario de las que son para los bebés. Las mismas deben estar en posición erguida y sujetas al asiento del vehículo conectado a través del cinturón de seguridad.
Cada silla posee un arnés ajustable para el tamaño del niño que sirve para acomodarlo de acuerdo al crecimiento corporal y no se debe forzar. Al rededor de los 3 años de edad el cuerpo del menor no quedará cómodo principalmente por el ancho de los hombros.
Niños mayores
Las sillas especiales para los menores de gran tamaño corresponden hasta 36kg o aproximadamente los 10 años de edad.
Estos equipos también pueden ser llamados como "booster". Existen dos tipos: algunos poseen respaldo y protecciones laterales (son más seguros) u otros modelos que solamente son una especie de almohadón. Se instalan hacia adelante y tienen varios tipos de fijación. Incorporan un arnés de seguridad para retener al niño hasta tanto supere 1.10 metros.
En caso que el menor supere la medida debe viajar con el "booster" y utilizando el cinturón de seguridad del vehículo.