Presentan en San Francisco la primera acción de amparo para frenar la reforma previsional
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Dos abogados de nuestra ciudad recurrieron a la Justicia Federal para detener la aprobación de las reforma que impulsa el gobierno nacional entendiendo que atenta contra los derechos de los jubilados reconocidos en tratados y pactos internacionales.
Los abogados Gonzalo Giusetti y Enrique Pistone de nuestra ciudad, presentaron ante el Juzgado Federal de San Francisco un amparo para frenear el tratamiento de la reforma previsional en el Congreso nacional por los derechos que, aseguran, la misma vulnera de forma inminente derechos y piden la suspensión de la sesión extraordinaria convocada para hoy.
El amparo presentado señala en uno de sus objetos que la posible aprobación de la reforma devendrá en inconstitucional al ser violatoria de los derechos reconocidos en numerosos tratados y pactos internacionales.
Los abogados impusieron la acción de amparo en los términos de la Ley 16.986 y el art. 43 de la Constitución Nacional, en contra de la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados de la Nación, con el objeto de "evitar que se sancione el proyecto de reforma previsional enviado por el Poder Ejecutivo Nacional, en sesión especial solicitada por el diputado Mario R. Negri y otros en período extraordinario para el día de la fecha".
Los letrados se apoyan en el conocido precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, "Halabi", argumentando que de convertirse en ley el proyecto que impulsa el gobierno nacional, afectará los intereses individuales y resultará violatoria de los derechos humanos reconocidos tanto en la Constitución Nacional como en los tratados internacionales de derechos humanos incorporados a la misma, entre ellos la Convención Americana de Derechos Humanos, la Convección Americana de Derechos Humanos de las Personas Mayores, la Convención de los Derechos del Niño, la Convención Internacional de Personas con discapacidad y el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Políticos".
Y mencionan, asimismo, "la especial afectación de los principios de igualdad, no discriminación, no regresividad y progresividad, la sustitutividad del haber con la intangibilidad de los fondos para la infancia, integralidad y la dignidad".
El impacto en el monto de las jubilaciones
Sostienen que el mentado proyecto "daña a tres sectores del pueblo argentino, en la medida que afecta a los niños por nacer protegidos en la actualidad por la Asignación Universal por Hijo regulada en la Ley 24.714; como así también a los Jubilados y Pensionados destinatarios del Sistema Previsional Argentino y a los futuros beneficiarios del mismo, previsto en la Ley 24.463. Ello, en la medida que lo que se pretende sancionar modifica el cálculo de la movilidad jubilatoria en comparación con la vigente, de modo tal que los nuevos jubilados recibirán un haber notablemente inferior a los actuales por aplicación de la 'tasa de sustitutividad' que se establece". Al respecto, en virtud del cálculo aproximado que efectúan entienden que como consecuencia de la aplicación de la fórmula de actualización prevista en la normativa atacada, "un haber jubilatorio que debería estar en la cifra aproximada a los $8.296 con los índices de inflación calculados del 14,5% actuales, sólo sería de $7.246 con los índices que prevé el proyecto, señalando asimismo que un haber jubilatorio mínimo aproximado de $7.246, con el nuevo esquema propuesto por el Gobierno, se ajustaría $7.633, resultando así un haber de $13,76 diarios a percibir, a todas luces indigno".
Según el razonamiento de Giusetti y Pistone, el proyecto cuestionado genera indebidamente dos categorías de jubilados: unos privilegiados en relación a otros, según hayan aportado treinta años de servicio efectivo o no hayan alcanzado a hacerlo por circunstancias tales como invalidez, moratoria o el hecho de ser pensionado, indicando asimismo que la modificación al art. 252 de la Ley 20.744, en la medida que eleva la edad jubilatoria a los setenta años, aunque aparece estipulada de manera opcional, también perjudica a los beneficiarios".
