Personas con discapacidad podrán circular durante dos horas
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La Agencia Nacional de Discapacidad informó que el decreto respectivo al aislamiento obligatorio por el coronavirus habilita a las personas con discapacidad a transitar en casos de fuerza mayor. Se recomienda para su identificación que el acompañante vista de azul.
La Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) emitió una circular para aclarar que el decreto de excepción al aislamiento obligatorio por la pandemia de coronavirus habilita a las personas con discapacidad, en casos de fuerza mayor, a circular por las vías de uso público cercanas a su residencia por espacio de dos horas junto a un acompañante, informó la agencia Télam.
"En caso de fuerza mayor, se recomienda habilitar a las personas con discapacidad mental, cognitiva y psicosocial, que tengan alteraciones conductuales, disruptivas trastornos emocionales, personas con tratamiento de psicomotricidad, entre otras, cuyo estado se vea agravado por la situación de confinamiento y a un acompañante, a circular por las vías de uso público cercana a su residencia por un máximo de dos horas, siempre y cuando se respeten las medidas necesarias para evitar el contagio", dice el artículo 1.
"En caso de fuerza mayor, se recomienda habilitar a las personas con discapacidad mental, cognitiva y psicosocial, que tengan alteraciones conductuales, disruptivas trastornos emocionales, personas con tratamiento de psicomotricidad, entre otras, cuyo estado se vea agravado por la situación de confinamiento y a un acompañante, a circular por las vías de uso público cercana a su residencia por un máximo de dos horas, siempre y cuando se respeten las medidas necesarias para evitar el contagio", dice el artículo 1.
Asimismo, la circular dice que "a fin de que puedan desplazarse libremente, con los cuidados epidemiológicos correspondientes y sin ser abordados por las fuerzas públicas e incluso reciban la asistencia necesaria, se recomienda que las personas enumeradas en el art. 1º vistan el color azul en alguna prenda de su ropa o una cinta azul en el brazo".
Entre los argumentos, Andis aclara que se permite un acompañante porque "muchas veces las personas con discapacidad, necesitan ser asistidas y/o acompañadas por un/a acompañante terapéutico, un/a asistente o un/a familiar para evitar accidentes en la vía pública, que se pierdan o simplemente como habilitadores de la salud".
Con respecto al color para distinguirse, precisó que "si bien el azul, es el color distintivo que identifica a las personas con diagnóstico de espectro autista, se sugiere hacer extensivo el mismo, a los fines de ser utilizado en su ropa o con una cinta azul en el brazo por las personas con discapacidad y sus acompañantes y/o apoyos a fin de que puedan desplazarse libremente en zona cercana a su residencia".
Entre los argumentos, Andis aclara que se permite un acompañante porque "muchas veces las personas con discapacidad, necesitan ser asistidas y/o acompañadas por un/a acompañante terapéutico, un/a asistente o un/a familiar para evitar accidentes en la vía pública, que se pierdan o simplemente como habilitadores de la salud".
Con respecto al color para distinguirse, precisó que "si bien el azul, es el color distintivo que identifica a las personas con diagnóstico de espectro autista, se sugiere hacer extensivo el mismo, a los fines de ser utilizado en su ropa o con una cinta azul en el brazo por las personas con discapacidad y sus acompañantes y/o apoyos a fin de que puedan desplazarse libremente en zona cercana a su residencia".
