Oscar González fue condenado a tres años por la tragedia de las Altas Cumbres pero no irá preso
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El exlegislador cordobés fue declarado culpable de homicidio culposo agravado y lesiones culposas agravadas por el choque ocurrido en el Camino de las Altas Cumbres, en octubre de 2022. También recibió ocho años de inhabilitación para conducir.
El exlegislador cordobés Oscar González, de 78 años, fue condenado este martes a tres años de prisión de cumplimiento condicional por la tragedia vial ocurrida el 29 de octubre de 2022 en el Camino de las Altas Cumbres. Por tratarse de una pena condicional, no irá a la cárcel.
La sentencia fue dictada por el juez Santiago Camogli en la Cámara del Crimen de Villa Dolores, tras un juicio que se extendió durante más de dos meses. González fue declarado culpable de homicidio culposo agravado por la muerte de Alejandra Bengoa y de lesiones culposas agravadas por las graves heridas sufridas por Marina Szulewicz y Alexa Miranda.
Además de la pena de prisión condicional, el exdirigente peronista recibió ocho años de inhabilitación para conducir y deberá afrontar las costas del proceso.
La resolución puso fin a un juicio de fuerte repercusión política y judicial, debido a la trayectoria de González, quien ocupó distintos cargos públicos durante las últimas tres décadas. Al momento del siniestro, se desempeñaba como presidente provisorio de la Legislatura de Córdoba y era el tercero en la línea sucesoria del Gobierno provincial.
Durante los alegatos, la fiscal Analía Gallaratto había solicitado una condena de tres años y diez meses de prisión y diez años de inhabilitación para conducir. La acusación sostuvo que González fue responsable del choque fatal y señaló que la maniobra que lo llevó a invadir el carril contrario fue determinante para que se produjera el siniestro.
“Sin esa maniobra invasiva al carril contrario no hubiera existido el resultado lesivo”, había afirmado la fiscal.
Por su parte, los abogados querellantes Germán Romero Marcón, Emiliano Binante y Lucas Cocha habían buscado que la conducta fuera encuadrada como homicidio simple con dolo eventual, con un pedido de diez años de prisión. Esa posibilidad fue desestimada durante el juicio. Bajo la figura de homicidio culposo, habían solicitado seis años de cárcel, al considerar que existió una conducción temeraria.
En tanto, los defensores Miguel Ortiz Pellegrini y Eduardo Caeiro sostuvieron que la responsabilidad del choque correspondía a Bengoa, a quien atribuyeron un adelantamiento indebido en la ruta, y solicitaron la absolución del exlegislador.
