Los boliches en Arroyito podrán vender bebidas alcohólicas hasta media hora antes del cierre
Comenzó a regir lo dispuesto por la ordenanza: Nº 1.740/2016 que establece la modificación de la ley que regula el expendio de bebidas alcohólicas en locales comerciales, en particular a menores de 18 años.
ARROYITO.- Comenzó a regir lo dispuesto por la ordenanza: Nº 1.740/2016 que establece la modificación de la ley que regula el expendio de bebidas alcohólicas en locales comerciales, en particular a menores de 18 años.
La misma manifiesta que se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas entre las 0 y las 8 en los comercios habilitados para el expendio de estas bebidas en general, envasadas o no. La modalidad de venta con servicios de entrega a domicilio, quedan comprendidas en esta norma.
Asimismo, se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en los lugares habilitados a tal fin a partir de las 5.30 y hasta las 8.
Para el caso de violación a la presente ordenanza en la que esté involucrado un menor de 18 años, las sanciones serán más severas.
En lo que hace a los horarios e ingresos a locales bailables y espectáculos públicos, son regulados por la ordenanza Nº 1.741/2016 que establece la prohibición del ingreso de menores de 18 años a todos los locales bailables, boliches, discotecas, pubs, etc. con expendio y venta de alcohol, cuyo horario límite de cierra será a las 6; en lo que hace a espectáculos privados, a las 5".
Asimismo, se establece que "el expendio de bebidas alcohólicas a mayores de 18 años en boliches bailables, discotecas, pubs, bailes, fiestas y espectáculos públicos, deberá cesar media hora antes del cierre máximo establecido".
Los infractores a la norma serán multados y en caso de reincidencia, se duplicará el monto más la clausura por 30 días; en una segunda reincidencia, se triplicará la pena con una clausura de 60 días o definitiva.