La Corte bonaerense declara inconstitucional prohibición de pirotecnia
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Ocurrió en el partido de General Alvarado. El fallo podría hacerse extensivo a todos aquellos municipios que ya dictaron ordenanzas similares. ¿Qué dice la ordenanza en San Francisco?
La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires
declaró inconstitucional una ordenanza municipal que prohibía la pirotecnia en
el partido de General Alvarado. En San Francisco, la ordenanza Nº 6553, limita
la venta y el uso de ciertos fuegos de artificio. Las agrupaciones animalistas trabajan
por "pirotecnia cero".
"Este fallo lleva un poco de tranquilidad a los miles de familias que viven de la industria de la pirotecnia. Es un haz de luz que esperemos siente precedente en todos los distritos del país. Prohibir no es nunca una solución", aseguró Clay Jara Toledo, secretario general del Sindicato de Obreros y Empleados de la Industria del Fósforo, Encendido, Pirotecnia, Velas y Afines (Soeifepva).
El máximo tribunal de la provincia de Buenos Aires dispuso la inconstitucionalidad de la Ordenanza N° 220/15 de la Municipalidad de General Alvarado, distrito que tiene como ciudad principal a Miramar, que prohibía el uso de la pirotecnia en el partido.
La sentencia de la Corte bonaerense hizo lugar al planteo legal efectuado por la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (Caefa), amparado en la Ley Nacional N° 20.429 y su Decreto Reglamentario N° 302/83 que regulan la fabricación, venta y uso de productos autorizados en todo el territorio nacional.
El fallo toma relevancia ya que podría hacerse extensivo a todos aquellos municipios que ya dictaron ordenanzas similares, y que ponen en riesgo directa e indirectamente miles de puestos de empleo de la industria fosforera y de la pirotecnia.
Desde el gremio del fósforo señalaron la necesidad de avanzar en una legislación que contemple el abanico completo de problemáticas y que dé respuestas concretas a los reclamos sobre la materia efectuados por movimientos ambientalistas, animalistas y familias que conviven con personas con trastornos del espectro autista, entre otros.
En ese marco, aclararon que "la intención del sindicato es llegar a un consenso y caminar juntos en una ley nacional que configure soluciones para todos los actores involucrados, siempre sosteniendo los puestos de trabajo".
"A nivel legislativo vamos por la prohibición total"
La abogada animalista e integrante de la agrupación Bio Animalis, Gretel Monserrat, consultada por LA VOZ DE SAN JUSTO ante la posibilidad de que este fallo pueda hacerse extensivo a otros municipios que ya dictaron ordenanzas similares, señaló que "todo es posible" aunque a nivel legislativo la tendencia "es ir por la prohibición total de la pirotecnia".
A su vez, Monserrat destacó que "el año pasado, en Carlos Paz (donde la prohibición es total), comerciantes que vendían pirotecnia presentaron una acción de amparo y no les fue permitida", haciendo hincapié en que estas medidas pueden entenderse en ocasiones por el contexto en el que se inserta determinada localidad.
Con respecto a la posibilidad de que nuestra ciudad adhiera a la pirotecnia cero, lo cual se había anunciado a comienzos de este 2018 y fue estipulado al momento en que se realizó la ordenanza actual, en 2014, que limita el uso y la venta de fuegos de artificio, explicó: "El municipio debería estar llevando adelante, este año, la prohibición total. El proyecto consistía en que la prohibición iba a llegar a cero de manera gradual, el plazo acordado era de dos años y ya se cumplió".
Además destacó que en los próximos días volverán a dialogar con las autoridades municipales acerca de ello.
Y cerró: "La ordenanza actual es una prohibición parcial, me pareció bien en su momento para ir acostumbrando a la gente, para educarla sobre los aspectos nocivos de la pirotecnia. La tendencia, en todo el país, es ir hacia la pirotecnia cero".
Qué dice la ordenanza
La ordenanza Nº 6553, prohíbe en el éjido de San Francisco" la tenencia , uso, venta, acopio y expendio al público, de artificios de pirotecnia de 2 pulgadas o más, u otros de similar o mayor poder explosivo, bombas de estruendo con mortero, morteros con bomba, aunque los mismos sean de fabricación autorizada".
Además, establece "la realización desde la municipalidad conjuntamente con las instituciones protectoras de animales, del medio ambiente, bomberos, de salud y demás instituciones involucradas, campañas de concientización y educación acerca de los efectos dañosos del uso irresponsable de pirotecnia".
