Ficha limpia para acceder a cargos electivos
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En la última sesión de la Cámara de Diputados, la coalición oficialista frustró el tratamiento de un proyecto que busca "garantizar la transparencia electoral" y bloquear el acceso a cargos electivos de candidatos con condenas por hechos de corrupción.
En la última sesión de la Cámara de Diputados de la Nación, la coalición oficialista frustró el tratamiento de un proyecto de "ficha limpia" en la Cámara de Diputados, que impulsó la oposición con el objetivo de "garantizar la transparencia electoral" y bloquear el acceso a cargos electivos de candidatos con condenas por hechos de corrupción.
Como intentaron discutirlo sobre tablas, los impulsores de la iniciativa no consiguieron las tres cuartas partes de los votos que se requieren para ello, tal cual lo determina el reglamento de la Cámara Baja para las iniciativas que se traten en el recinto sin haber tenido dictamen de comisión.
Casi con seguridad, la estrategia de la oposición fue meramente electoralista. Es decir, se procuró colocar en la escena pública una temática muy sensible para luego demostrar que el oficialismo es el obstáculo para que haya mayor transparencia en la vida política argentina. Esta última afirmación puede tener evidencias en numerosos casos. Sin embargo, lo ocurrido en la última sesión de diputados huele a estratagemas de campaña electoral y a pirotecnia proselitista.
No obstante, el cruce ocurrido dejó en claro que el proyecto de ficha limpia es una deuda que el Congreso de la Nación debe saldar. Porque no es admisible que un dirigente político condenado por delitos de corrupción candidato a un cargo electivo. Puede debatirse si para ello basta la sentencia de un juez o se requiere la confirmación de una instancia superior en la Justicia. Pero no puede admitirse que el país continúe sin una norma de este tipo. Es un atentado al sentido común y desprecia la inteligencia ciudadana.
El artículo 16 de la Constitución Nacional establece que la idoneidad es un requisito para desempeñar cargos públicos. ¿Puede sostenerse que una persona condenada por un delito de corrupción es idónea para asumir una función en el Estado? ¿Puede argumentarse que si se aprueba la ficha limpia esta persona ve afectada su principio de inocencia porque la sentencia no llegó a la máxima instancia judicial? ¿En qué queda entonces el resguardo que la Constitución formula al esperar que los que acceden a cargos electivos cumplan con exigencias más estrictas, vinculadas con su idoneidad?
Va de suyo, tratando de responder a estos interrogantes, que cuanto mayor sea la jerarquía del cargo público al que se pretende acceder, mayor debiera ser el grado de moralidad a exigirse. Por ello, una vez atravesada la circunstancia electoral, los proyectos de ficha limpia deberían ser motivo de análisis, tratamiento y aprobación en el Congreso de la Nación, como ocurre en varias provincias. Por fortuna, Córdoba entre ellas, puesto que se anunció que en la sesión del 16 de noviembre se tratará un proyecto en este sentido, lo que constituye una buena noticia para la salud de las instituciones cordobesas.
