Política
“Ficha limpia” en Córdoba: el caso Ángelo Cornaglia y su posible impacto

Una ley provincial aprobada y promulgada en 2024 prohíbe el acceso a cargos públicos y partidarios a personas condenadas por delitos dolosos en segunda instancia. La fiscalía pidió la elevación a juicio de la causa por presunto abuso sexual simple que tiene como imputado al exconcejal.
Desde diciembre de 2024, la provincia de Córdoba cuenta con una ley “ficha limpia” para candidatos y funcionarios provinciales. Las misma establece la inhabilitación para ejercer cargos públicos o partidarios a toda persona que haya sido condenada por delitos dolosos con penas privativas de la libertad, siempre que dicha condena esté firme en segunda instancia. La norma busca elevar los estándares de idoneidad y ética en la administración pública, y aplica a los tres poderes del Estado: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como a los partidos políticos.
La ley fue aprobada con el apoyo de 65 legisladores de distintos bloques políticos y fue promulgada posteriormente por el gobernador Martín Llaryora. Modifica los artículos de la Ley N° 9.571 (Código Electoral Provincial) y la Ley N° 9.572 (Régimen Jurídico de Partidos Políticos). El texto legal establece expresamente que no podrán ser candidatos ni ejercer cargos públicos las personas condenadas por delitos dolosos, siempre que la condena haya sido confirmada por una instancia superior —ya sea por vía recursiva, ordinaria o extraordinaria—, en el marco de las normas procesales vigentes.
Este marco legal es considerado más amplio y estricto que otras normativas similares, ya que no se limita únicamente a delitos contra la administración pública, sino que alcanza a todos los delitos dolosos previstos en el Código Penal y en leyes especiales. La legisladora Victoria Busso, una de las impulsoras del proyecto, había argumentado que “la idoneidad es una condición exigible no solo para quienes son elegidos por el pueblo, sino también para quienes tienen el honor de ocupar un cargo público al servicio de los ciudadanos”.
En ese contexto, la situación del exconcejal Ángelo Cornaglia —quien figura en la lista de empleados que la Legislatura publicó en marzo como asesor legislativo del PRO, aunque desde ese espacio político afirmaron que renunció— cobra relevancia, ya que la Fiscalía de Villa Carlos Paz solicitó elevar a juicio una causa en su contra por presunto abuso sexual simple, en un hecho ocurrido en junio de 2022.
Sin embargo, desde el entorno de Cornaglia, indicaron a LA VOZ DE SAN JUSTO que actualmente "no ocupa ningún cargo en la función pública ni partidario", tampoco en el espacio Jóvenes PRO que supo presidir, sino que "se desempeña solo en la actividad privada".
La causa
El hecho denunciado habría ocurrido en junio de 2022, cuando ambos coincidieron en un hotel de esa localidad. Según la investigación, el episodio motivó una causa penal por la que Cornaglia fue imputado y sometido a pericias psicológicas y psiquiátricas, al igual que la denunciante. El fiscal Ricardo Mazzuchi, a cargo del caso, solicitó este lunes la elevación a juicio tras concluir la etapa de instrucción. Resta fijar la fecha para la audiencia.
La mujer denunció haber sido víctima de abuso sexual, y en mayo de 2023, su familia informó a la Justicia que recibió llamadas anónimas y amenazas relacionadas con la denuncia, lo que derivó en una orden judicial de restricción de acercamiento y contacto, que continúa vigente.
Aunque por ahora no pesa una condena sobre Cornaglia, si el proceso judicial en su contra culmina con una sentencia condenatoria y esta es ratificada por un tribunal de instancia superior, la ley de “ficha limpia” le impediría volver a postularse a cargos electivos o ejercer funciones en la administración pública provincial.
Mientras tanto, Cornaglia no ha realizado declaraciones públicas sobre la causa penal que lo involucra y que sigue su curso bajo la órbita de la Fiscalía de Carlos Paz y será la Justicia quien determine su responsabilidad en el hecho. Por su parte, la defensa adelantó que se opondrá a la medida de elevación a juicio argumentando que “no hay pruebas en contra de Cornaglia” y que “es una acusación débil”.
Diferencias a nivel nacional
Mientras Córdoba avanzó con una normativa que busca blindar el acceso a cargos públicos frente a antecedentes penales graves, a nivel nacional la situación es diferente. En mayo, el Senado de la Nación rechazó el proyecto de Ley de Ficha Limpia impulsado por el Ejecutivo, el cual había obtenido media sanción en la Cámara de Diputados en febrero. La iniciativa proponía impedir que personas condenadas por delitos contra la administración pública —con sentencia firme en segunda instancia— pudieran presentarse a elecciones, siempre que la condena se confirmara antes del cierre del padrón.
El rechazo se dio por un solo voto: 36 legisladores votaron a favor y 35 en contra, pero se requerían 37 votos afirmativos para su aprobación. La normativa impulsada a nivel nacional no prosperó, pese a que una propuesta similar ya había sido presentada por el PRO en 2024, sin éxito en dos intentos por falta de quórum en Diputados.
Uno de los puntos de mayor controversia fue el alcance de la norma, ya que algunos sectores entendieron que podía usarse como herramienta de proscripción política. Se mencionó, por ejemplo, el caso de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner.
San Francisco, sin ordenanza
Si bien el proyecto de “ficha limpia” fue presentado en el Concejo Deliberante por Juntos por el Cambio para impedir que personas con condenas por corrupción o delitos sexuales accedan a cargos públicos en San Francisco, la iniciativa fue pasada a comisión sin avances y desde el oficialismo siempre evitaron pronunciarse sobre el tema.
En tanto, en Córdoba, la ley ya es una realidad y establece un nuevo estándar legal para quienes aspiran a ocupar cargos públicos o partidarios. A diferencia del rechazo a nivel nacional, la provincia dio un paso firme hacia una mayor exigencia ética y judicial para sus dirigentes. En ese marco, causas como la que enfrenta Ángelo Cornaglia podrían ser un caso testigo del impacto concreto que puede tener esta legislación en la política provincial. Todo dependerá del avance judicial y del resultado del juicio que aún no tiene fecha, pero que ya está formalmente el pedido de elevación.
Inhabilitación para ejercer cargos públicos en Argentina
Según la ley vigente, solo se puede impedir la candidatura a cargos públicos si hay una condena penal firme. La Ley 23.298 y el Código Nacional Electoral excluyen del padrón a condenados por delitos dolosos mientras dure la pena. Las inhabilitaciones se ejecutan solo cuando la sentencia alcanza estado de “cosa juzgada”. El proyecto rechazado buscaba aplicar la inhabilitación desde la condena en segunda instancia, pero no fue aprobado.