El derecho a morir en paz, una reflexión en pandemia
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El derecho a morir dignamente es una de las cuestiones que nos interpelan más aún en este año de pandemia. Desde el Comité de Bioética del Hospital "J.B. Iturraspe", explican qué es la muerte digna, cómo son los protocolos y el acompañamiento en el final de la vida. En Netflix, la película "El cuaderno de Tomy" invita a pensar sobre la vida y la muerte.
Por Isabel Fernández|LVSJ
La única certeza que tenemos al nacer es que vamos a morir. La pandemia puso en el tapete y desnudó muchos temas que no están resueltos, y nos hizo reflexionar, hubo situaciones que nunca pensamos que podíamos vivir, que hoy nos atraviesan.
El derecho a morir dignamente es una de las cuestiones que nos interpelan. En éste año tan particular muchos sufrieron la partida de familiares por la covid-19 -con todo lo que eso significó a la hora de despedirlos por las medidas de bioseguridad- y otros perdieron a seres queridos con enfermedades terminales.
Incluso en casos en los que las personas están muy delicadas de salud, la medicina alcanzó grandes logros y salva muchas vidas. Pero, ¿qué ocurre cuando el paciente no quiere seguir más con un tratamiento en una situación terminal?, ¿Cómo se acompaña a esa persona y su familia respetando su decisión finalizar su vida sin sufrimiento?, ¿Qué establece la ley en la Argentina?, ¿Muerte digna es igual que eutanasia?.
En la plataforma Netflix, la película "El cuaderno de Tomy", plantea todos estos cuestionamientos y en definitiva nos muestra a la muerte, como un acto humano, que al igual que el nacimiento, se debe respetar.
Cualquier persona mayor de edad puede disponer directivas anticipadas sobre su salud. Nuestro país cuenta con la Ley de "Derecho de los Pacientes" N° 26.742, también llamada de "Muerte Digna" que establece que los pacientes con enfermedades irreversibles pueden negarse a recibir tratamientos y medidas de soporte vital, que pretendan prolongar de manera indigna la vida.
La norma no contempla la eutanasia y el suicidio asistido que son ilegales en la Argentina y en la provincia de Córdoba se replica con la Ley N° 10.058, denominándolos usuarios de Salud.
Aunque la mayoría de las veces no nos resulta simpático pensar en la muerte, menos sobre la propia, es importante entenderla como parte de la vida misma. LA VOZ DE SAN JUSTO analizó este tema con las doctoras Elba Constantino y Laura Tebay, integrantes del Comité de Bioética del Hospital "J. B. Iturraspe", quienes explicaron qué es la muerte digna, cómo son los protocolos y el acompañamiento en el final de la vida tanto al paciente como a sus familiares, particularmente también en este contexto de pandemia.
- ¿Qué significa muerte digna?
- Dra. Elba Constantino: La muerte digna es la que, deseada por una persona, se produce asistida de todos los alivios y cuidados paliativos médicos adecuados, así como con todos los consuelos humanos posibles. En otras palabras; una muerte digna es el hecho y el derecho a finalizar la vida voluntariamente sin sufrimiento, propio o ajeno, cuando la ciencia médica nada puede hacer para la curación de una enfermedad mortal. Es en realidad el buen morir. Está contemplada en la Ley N° 26.742 del año 2009 que reza en su artículo 11: "Directivas anticipadas. Toda persona capaz mayor de edad puede disponer directivas anticipadas sobre su salud, pudiendo consentir o rechazar determinados tratamientos médicos, preventivos o paliativos, y decisiones relativas a su salud. Las directivas deberán ser aceptadas por el médico a cargo, salvo las que impliquen desarrollar prácticas eutanásicas, las que se tendrán como inexistentes". La normativa abarca la situación de directivas anticipadas y hace referencia a otros tremas que aborda la bioética como los derechos del paciente, la autonomía, el consentimiento informado, la historia clínica, etc. Consideramos que es amplia y abarcativa.
- ¿En qué se diferencia con la eutanasia?
- E.C.: Hay distintas clasificaciones. Ente ellas la "eutanasia activa" que es "Provocar la muerte de un paciente portador de una enfermedad mortal, a su requerimiento y en su propio beneficio, por medio de la administración de fármaco en dosis letales". En esta última hay una participación activa de un integrante del equipo de salud, que asiste al enfermo para llevar a cabo su voluntad, con la administración de sustancias, de acuerdo a lo referido en el concepto, llamado también suicidio asistido. Por otro lado en la eutanasia pasiva se abstiene de efectuar actos médicos necesarios para la continuación de la vida. En todos los casos se trata de pacientes en situación terminal.
"Una muerte digna es el hecho y el derecho a finalizar la vida voluntariamente sin sufrimiento, propio o ajeno, cuando la ciencia médica nada puede hacer para la curación de una enfermedad mortal. Es en realidad el buen morir".
- ¿Se considera que en la Argentina se puede acceder a una eutanasia pasiva?
E.C.: El concepto se puede equiparar a lo referido en directivas anticipadas. El paciente tiene derecho a negarse a recibir tratamiento y eso debe quedar plasmado en la historia clínica del mismo.
- ¿Cómo es el protocolo que se aplica en casos de personas con enfermedades terminales?
- Dra. Laura Tebay: La ley dice que si la persona está lúcida tiene derecho a solicitar que no le realicen tratamientos para prolongar la vida en caso que la situación de enfermedad sea irreversible. Puede dejarlo plasmado por escrito ante un escribano, pero ante situaciones de urgencias, en donde estas directivas no pudieron preverse con el debido tiempo y ante el caso que la persona esté internada, puede manifestar su voluntad ante el director del hospital o máxima autoridad de salud de la institución en ese momento, quedando por escrito en la historia clínica del paciente la negativa para proceder a tratamientos invasivos y otros.
- ¿Qué es la sedación, tiene que ver con los cuidados paliativos?
- L.T.: Es la administración de medicación sedativa específica para reducir la conciencia de un paciente con enfermedad avanzada o terminal, tanto como sea preciso para aliviar adecuadamente uno o más síntomas refractarios, es decir, síntomas que con otros medicamentos no se pudieron controlar sin disminuir el estado de conciencia. Esto debe hacerse siempre en el contexto de un paciente en situación terminal y con su consentimiento previo explicito, implícito o delegado.
- ¿Cuándo una patología se considera terminal o irreversible?
-E.C.: Un paciente con una enfermedad avanzada -que no necesariamente tiene ser oncológica- puede estar progresando a una etapa irreversible donde los tratamientos ya no van a producir ningún efecto curativo. En el contexto temporal de últimos días de vida, que arbitrariamente se define como un lapso de tiempo que varía entre 3 días y 3 semanas, decimos que un paciente se encuentra en fase terminal cuando pensamos que la muerte se producirá dentro de las próximas 24-48 horas.
"Es factible que pueda habilitarse en un futuro y ampliar los derechos de las personas y avanzar en la práctica de la eutanasia activa, entre otros temas, lo cual se debería llevar a cabo con un gran debate de la sociedad y por nuestros representantes legislativos".
- ¿Cómo es la muerte digna en tiempos de covid-19? ¿Cambiaron los protocolos?
-E.C.: Con respeto a la ley, puede reemplazarse el Escribano público por la autoridad hospitalaria y dejar plasmado la voluntad anticipada en la historia clínica. A pesar que la Pandemia es una situación excepcional en nuestro país no se presentaron hasta el momento situaciones de toma de decisiones para definir quién debe ingresar a una Unidad de Terapia Intensiva (UTI) o no, debido a que se pudo equipar los centros asistenciales del país, y reforzar los equipos de salud humanos, por lo cual la situación respecto a las directivas anticipadas siguen sin cambios. En este escenario el derecho colectivo prima sobre los derechos individuales.
- ¿Consideran que debería abrirse un nuevo debate en torno a este tema y que debería haber cambios en la ley?
- E.C.: Es factible que pueda habilitarse en un futuro y ampliar los derechos de las personas y avanzar en la práctica de la eutanasia activa, entre otros temas, lo cual se debería llevar a cabo con un gran debate de la sociedad y por nuestros representantes legislativos.
- L.T.: En el contexto de pandemia tanto la Nación como la Provincia trabajaron en protocolos para que, no solamente al usuario se le respeten sus derechos, y reciban todos la asistencia necesaria, sino que a través del equipo de salud. En aquellos que cuentan con comités de bioéticas, como en el Hospital Iturraspe, se realizaron acompañamientos activos a los familiares de los pacientes, para llevar alivio a todos ellos, se les permitió con todos los cuidados requeridos que puedan despedirse de su familia y ayudarlos a elaborar mejor el duelo.

Valeria Bertuccelli en la piel de "Marie"
Una película para enamorarse de la vida
El Cuaderno de Tomy es una película original de Netflix escrita y dirigida por Carlos Sorin, conocido por otras películas como El Perro, Días de Pesca y Joel. El film está protagonizado por Valeria Bertuccelli y Esteban Lamothe, entre otras figuras y explora reflexiones sobre la vida y la muerte.
Inspirada en hechos reales, la película cuenta la historia de María "Marie" Vázquez (Valeria Bertuccelli), una mujer que descubre que tiene un cáncer terminal. "Marie" decide enfrentar su destino de la mejor manera que conoce: con emoción y mucho sentido del humor.
Cuando su final está más cerca, ella decide escribir un cuaderno para su único hijo llamado Tomy, que tiene 4 años. Con ayuda de su esposo (Esteban Lamothe), el único deseo de María es dejarle la imagen a su niño que ella estará con él para toda la vida.
