Judiciales
Córdoba: en 30 días entran en vigencia las sanciones para "naranjitas" ilegales y limpiavidrios
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El Gobierno provincial publicó la Ley 11.117 que endurece las penas por el cobro ilegal de estacionamiento, prohíbe la limpieza de vidrios en semáforos y regula las reuniones vehiculares. La normativa reconoce la facultad de municipios y comunas para regular y ordenar la actividad en sus jurisdicciones.
La Provincia de Córdoba publicó en el Boletín Oficial la Ley 11.117, que prohíbe la actividad de naranjitas y limpiavidrios.
Esta normativa introduce modificaciones al Código de Convivencia Ciudadana, estableciendo un marco punitivo para actividades no autorizadas en la vía pública. Al ser una ley provincial, que aplica la Policía, rige en todo el territorio de Córdoba.
Las nuevas disposiciones entrarán en vigencia en un plazo de 30 días, afectando a quienes ejercen como "naranjitas" sin permiso y a los limpiavidrios.
En la ciudad de Córdoba existe una ordenanza que habilita zonas concesionadas para el trabajo de las cooperativas regularizadas de cuidacoches. Estos son los actuales "naranjitas legales", que siguen bajo este amparo mientras se discute en el Concejo Deliberante un nuevo marco regulatorio, que habilitaría la actividad con modificaciones tecnológicas y mayores exigencias.
Multas y arrestos para el cobro ilegal de estacionamiento
La normativa es taxativa respecto a quienes exijan o impongan pagos por el cuidado de vehículos en la vía pública sin contar con la debida autorización. Las penalidades para los denominados "naranjitas" ilegales contemplan diversas escalas de severidad según la falta.
Los infractores podrán ser sancionados con hasta seis días de trabajo comunitario o multas de hasta 50 Unidades de Multa. En los casos más graves o de reincidencia, la ley prevé el arresto de los responsables por un periodo de hasta seis días.
Es importante destacar que las sanciones se agravarán significativamente cuando la conducta se realice de manera grupal o cuente con la participación de menores de edad.
También habrá penas mayores si la actividad ocurre en zonas sensibles como hospitales y escuelas.
Prohibición de limpiavidrios y control en eventos masivos
La nueva ley incorpora sanciones específicas para quienes realicen o intenten realizar la limpieza de parabrisas en vehículos detenidos en la vía pública. Esta actividad queda terminantemente prohibida bajo el nuevo esquema de convivencia urbana.
Las penas para los limpiavidrios son equivalentes a las previstas para el cobro ilegal de estacionamiento. Esto incluye la posibilidad de multas, trabajo comunitario y arresto, buscando disuadir una práctica que genera fricciones en el tránsito.
El control se intensificará durante espectáculos públicos o concentraciones masivas, donde las penas se incrementan automáticamente. Asimismo, quienes posean habilitación pero incumplan las condiciones de su permiso también serán sancionados.
Sanciones para reuniones vehiculares no autorizadas
Una de las novedades de la reforma es la creación de una figura contravencional para las reuniones vehiculares que no cuenten con autorización oficial. La medida apunta a eventos que generen riesgos, alteren el orden o afecten la libre circulación.
Para quienes organicen, promuevan o participen en estos encuentros, las sanciones son más severas, llegando hasta los 10 días de trabajo comunitario. La ley también faculta a las autoridades al arresto de los implicados y al secuestro inmediato de los vehículos.
En situaciones de gravedad extrema o ante la reiteración de la falta, la Justicia podrá disponer el decomiso definitivo de los rodados. También se podrán incautar todos los elementos utilizados para cometer la infracción o para organizar el evento ilegal.
Procedimientos judiciales y programas de inclusión laboral
La investigación de todas estas infracciones estará a cargo del Ministerio Público Fiscal, que deberá actuar bajo plazos acotados de instrucción. Este dinamismo busca garantizar que las sanciones se apliquen de manera efectiva y rápida ante la denuncia ciudadana.
Como parte de la articulación institucional, se ha invitado a los municipios y comunas a informar sus listas de cuidadores de vehículos habilitados. El objetivo es facilitar la identificación por parte de la policía y de los propios ciudadanos, aportando transparencia.
En paralelo a las medidas de control, el Ejecutivo provincial anunció que acompañará la normativa con programas de capacitación. Estos planes de inclusión laboral estarán orientados a generar alternativas reales para personas en situación de vulnerabilidad social.
La situación en San Francisco
La normativa reconoce la facultad de municipios y comunas para regular y ordenar la actividad en sus jurisdicciones. En San Francisco la situación ya cuenta con regulación local. Desde hace más de un año, la municipalidad realiza controles para garantizar el cumplimiento de la ordenanza municipal Nº 4389, que prohíbe la presencia de cuidacoches en la vía pública. Establece la prohibición en “todo el radio municipal de la detención del tráfico de vehículos hecha con el propósito de ofrecer la venta de rifas, bonos u otras formas de colaboración económica”. Entre otras cosas, considerará “infracción separada y sancionable cada detención o intento de detención de un vehículo y cada ofrecimiento de colaboración económica”. En tanto, dicha legislación fue sancionada el año 1997, por lo que no se descarta que pueda discutirse en el Concejo Deliberante una ordenanza nueva para la actividad.
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