Condenaron a un expolicía y su cómplice por abigeato
El hecho por el cual se los condenó ocurrió en junio de 2016.
Dos hombres oriundos de Morteros, uno de ellos expolicía, fueron condenados ayer en un juicio abreviado tras reconocer ambos su autoría en un hecho de abigeato perpetrado en junio de 2016. José Alberto Díaz (32) y Raúl Hernán Robles (26) fueron condenados a tres años y seis meses de prisión el primero, y tres años y cuatro meses de prisión el segundo. El juicio se desarrolló ante un tribunal unipersonal a cargo del vocal de la Cámara Criminal y Correccional Mario Comes, como fiscal de cámara subrogante actuó el fiscal de Morteros Alejandro Acuña, en tanto que las defensas estuvieron a cargo, por el lado del expolicía Díaz, de los abogados Antonio Santacruz Conti y Mario Ruíz, mientras que por el lado del cómplice lo hizo la asesora letrada Marcela Beccaría.
Tras la lectura de la acusación por parte del secretario Jorge Farall, ambos imputados reconocieron su autoría en los hechos, de este modo accedieron a un juicio de modalidad abreviada que había sido acordado previamente entre la defensa y el fiscal interviniente.
Los dos hombres estaban acusados de haber ingresado en el mes de junio de 2016 a un campo situado en la zona de Colonia Maunier distante a 15 kilómetros al noroeste de Morteros. En el lugar, mediante disparos de arma de fuego, sacrificaron tres terneros de la raza Holando Argentino cuyo peso oscilaba entre los 180 y los 200 kilogramos cada uno, un cuarto animal fue herido por los disparos. Una vez muertos los terneros, los acusados se dedicaron a faenarlos cargando la carne en una camioneta Ford F 100 blanca y azul dominio WRI-633 y se dieron a la fuga.
En días posteriores se allanó la vivienda de Díaz en la ciudad de Morteros donde se secuestraron dos escopetas de dos caños calibre 12 y la camioneta, en tanto que en la vivienda rural en donde residía Robles se secuestró una escopeta de un solo caño calibre 20, que se encontraba oculta en la cocina de la vivienda.
El expolicía había sido imputado como supuesto coautor de "abigeato calificado" y autor de "tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil". Por su lado Robles había recibido la misma imputación. En el caso de Díaz, éste debió responder además por un hecho ocurrido en un local bailable de Morteros, donde había golpeado a una persona, que le valió ser pasado a situación pasiva cuando ostentaba la jerarquía de cabo.
Tras los alegatos del fiscal, al cual adhirió la defensa de cada uno de los acusados, el juez Comes dio a conocer la resolución por la que se decidió la condena de ambos sujetos. En el caso del expolicía Díaz fue declarado autor penal y materialmente responsable de los delitos de "lesiones graves y tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil" y como coautor de "abigeato", aplicándole la pena de tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo.
Por el lado de Robles, éste fue declarado autor penal y materialmente responsable del delito de "tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil" y coautor de "abigeato", y se impuso la pena de tres años y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo. El expolicía, por medio de sus defensores, los abogados Santacruz Conti y Ruíz, solicitó su alojamiento en el Complejo Penitenciario de Bouwer, argumentando cuestiones de seguridad, en tanto que Robles pidió continuar alojado en la cárcel de San Francisco.
La lectura de los fundamentos de la sentencia tendrá lugar el jueves 27 de julio al mediodía.
Por su parte el abogado Mario Ruíz pidió que constara en actas que por su lado no iba a apelar la resolución. Igual determinación adoptó la asesora letrada.
