Con la suba del precio de la nafta, también incrementó el de las multas
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En los últimos 16 meses, el valor de las multas alcanzó casi un 50 por ciento de aumento.
El incremento en el precio de los combustibles registrado desde el primer minuto de ayer, establecido entre el 6 y el 7%, hizo elevar en el mismo porcentaje el valor de las multas aplicadas en nuestra ciudad.
Asimismo, los infractores de tránsito deben abonar en concepto de multas casi el 50% más que en febrero de 2017, por ejemplo, a partir del incremento en el precio del litro de nafta Premium de YPF, utilizado como referencia para establecer el costo de cada Unidad de Multa (UM).
En este caso, si se toma como referencia los 23 pesos que costaba el litro de este combustible en febrero de 2017 y se lo traslada a los 33,59 pesos que cuesta actualmente, se observa que la diferencia entre ambos valores es de 10,59 pesos, es decir, un incremento del 46% en ese lapso de tiempo.
Entre las cinco mayores infracciones cometidas históricamente en nuestra ciudad se pueden destacar la no utilización de casco por parte de motociclistas, el mal estacionamiento, la utilización de teléfono celular mientras se conduce, el giro prohibido y el cruce de semáforo en rojo.
Atento a los valores que tienen cada una de estas infracciones, para la falta de uso de casco en motociclistas se debe tener en cuenta que en la primera oportunidad la multa equivale al precio de un casco protector reglamentario. En la primera reincidencia, corresponde al pago de una suma correspondiente a 70 unidades de multa (UM), equivalente a litros de nafta de mayor octanaje; es decir que a valores actuales sería de alrededor de 2.351,30 pesos.
La segunda reincidencia tendrá una pena correspondiente a 120 UM, es decir 4.030,80 pesos. Pero además se sumará la inhabilitación del registro de conducir (incluido el del auto en caso de tenerlo) a nombre del infractor por un término que va de tres meses a un año. El término final de la pena a imponer quedará a criterio del juez administrativo de Faltas.
Estacionamiento medido
El incumplimiento del estacionamiento medido por no colocar el dispositivo correspondiente en el sistema que permite el ingreso a este mecanismo tarifado es penado con una multa fijada en un rango que va desde las 20 a las 200 UM, es decir, que en pesos los infractores deberán abonar desde 671,80 pesos a 6.718 pesos.
Teléfono celular
La utilización del teléfono celular se ha convertido en un pésimo hábito en muchos conductores que incumplen la prohibición de uso de este dispositivo de comunicación mientras se conduce, atento a los riesgos que implica.
Lamentablemente, esta mala costumbre se mantiene pese a que la pena que se impone a los infractores varíe entre las 50 y las 500 UM. Traducido en valor monetario, la multa a pagar va de 1.679,50 a 16.795 pesos según la reincidencia.
Giro prohibido
El giro prohibido en la ciudad es una de las maniobras más temerarias que cometen aquellos desaprensivos conductores que hacen caso omiso de esta prohibición debido a los riesgos que puede ocasionar. En este caso, la pena oscila entre las 50 y 500 UM, es decir que esto representa una pena que va desde los 1.679,50 a los 16.795 pesos.
Pese a la existencia de cartelería exclusiva para advertir esta prohibición, muchos no la respetan.
Semáforo en rojo
La instalación de semáforos tiene como objetivo ordenar el paso de vehículos, sobre todo en arterias con mucha circulación. Pero muchos hacen caso omiso y deciden incumplir la obligatoriedad de detenerse cuando el mismo está en rojo. En este caso, los infractores deberán abonar una multa que va desde las 50 a las 500 UM, es decir, que la primera infracción costará 1.679,50 mientras que de allí en más, reincidir en esta inconducta podrá representar un costo de 16.795 pesos.
