Anulan la condena de prisión de cuatro años de Fariña
La Cámara Federal de Casación Penal remitió la causa al TOF 4 que tiene el caso conocido como "la ruta del dinero K", donde es juzgado como arrepentido por lavado de dinero.
La Cámara Federal de Casación Penal anuló la condena de cuatro años de prisión para Leonardo Fariña por la evasión agravada en el no pago de impuestos al fisco por más de 10.000.000 de pesos del período 2010 a raíz de la compra de un campo en la provincia de Mendoza que él confesó que lo hizo para el empresario Lázaro Báez.
Fuentes judiciales informaron que Casación anuló la condena y remitió la causa al Tribunal Oral Federal 4 que en la actualidad lleva adelante el expediente conocido como "la ruta del dinero k", donde Fariña está siendo juzgado por lavado de dinero junto a Báez, los hijos del empresario y otras más de 20 personas.
La condena la impuso en 2017 el Tribunal Oral en lo Penal Económico 1 de la Capital Federal y fue por la evasión de 4.620.000 de pesos correspondiente al IVA del ejercicio anual 2010 y por la evasión del pago del Impuesto a las Ganancias por 7.700.000 del mismo año.
Fariña compró un campo de más de tres mil hectáreas en la localidad de Tupungato, en la provincia de Mendoza, en diciembre de 2010 por unos cinco millones de dólares y dos años después lo vendió por menos de dos millones.
Para la Justicia eso fue parte de una maniobra de lavado de dinero y forma parte incluso de lo que se está investigando en la causa de la ruta del dinero K en la actualidad: es que el propio Fariña dijo que lo compró para Báez.
Los jueces de la Sala III de Casación, Liliana Catucci, Eduardo Riggi y Carlos Mahiques, consideraron que hay varias causas en donde se investigan hechos similares, entre ellas la llamada "ruta del dinero k".
Eso, según los jueces, genera "el peligro de que recaigan sentencias contradictorias y violatorias del principio del ne bis in idem", esto último, es no ser juzgado dos veces por un mismo hecho.
Para los jueces, en esta causa y aquella otra se investiga la adquisición en comisión de fracciones de campo en la provincia de Mendoza.
En ese sentido, le recriminaron al Tribunal oral que impuso la condena que ya anteriormente la Cámara Federal de Casación Penal había requerido un "análisis integral y bajo un mismo paradigma delictivo de las maniobras investigadas en ambos sumarios".
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