A 35 años que el divorcio dejara de impedir casarse otra vez

En 1987 el Congreso de la Nación aprobó el divorcio vincular, fue una ruptura social que permitió reformular el significado jurídico de las relaciones.
Por Ivana Acosta | LVSJ
Hace 35 años, un 8 de junio antes de viajar a Suiza, el entonces presidente Raúl Alfonsín puso la firma en el decreto de promulgación de una ley que revolucionó todo en ese momento. Se trataba del divorcio vincular que a finales de los '80 llevó a que muchos pusieran el grito en el cielo.
En esa época y hasta ese entonces las personas se podían separar, podían divorciarse, pero nunca más casarse por civil y eso generaba que hubiera parejas en concubinatos eternos y arrastraran vínculos rotos de una anterior.
Contra viento y marea el Congreso de la Nación hace 35 años aprobó la Ley 23.515, que permitía la disolución definitiva de la unión conyugal y que entró en vigor cuatro días más tarde tras su publicación en el Boletín Oficial.
La ley es considerada una conquista por parte de quienes llevaban años escuchando vocecillas que decían con desdén "están separados" o "se casaron vía Uruguay", esto último en referencia a que uno de los cónyuges era separado de hecho, pero ya tenía otra relación marital válida solo allí claramente.
El matrimonio reflejaba un proyecto de pareja que se entendía indisoluble, no importaba si se separaban, ninguno de los cónyuges podría tener otro vínculo legal igual, aunque en la práctica cotidiana sí lo hicieran.
Retrocediendo a aquellos años, el vocal de la Cámara Civil Horacio Vanzetti y el juez de 1° instancia 3° nominación en lo Civil, Comercial y Familia, Carlos Ignacio Viramonte, pusieron en contexto los cambios acaecidos en este tema.
Cuestión de derechos
Vanzetti tenía 18 años cuando en 1987 se aprobó esta ley, transitaba el primer año de la facultad, pero recuerda muy bien que un factor desencadenante para ese debate fue un fallo de la Corte Suprema dividido 3 a 2, el caso Sejean. "El derecho al fracaso se le decía en ese momento, quienes propugnaban el divorcio decían, '¿Por qué no tengo derecho a fracasar en mi propio matrimonio y rehacer mi vida?'. No se podían casar, simplemente", recordó.
Este tipo de casos que se transforman en precedentes, como suele suceder, hacen que la jurisprudencia vaya marcando un camino.
Siguiendo este razonamiento Viramonte sintetizó uno de los argumentos a favor de concederle la posibilidad a Sejean de casarse de nuevo: "Lo que dijo la Corte ahí era que la indisolubilidad del vínculo e imposibilidad de contraer un nuevo matrimonio atentaba contra el artículo 19 de la Constitución. (Enrique) Petracchi cuestionaba cuál era la razón para que el derecho a casarse pudiera ejercerse una vez y no era así con los otros".
El divorcio vincular, una ley resistida
pero que marcó un avance social. (Archivo)
No terminaba nunca
En la sociedad había muchas personas que vivían separadas, incluso se habían divorciado y rehacían su vida, sin embargo, para la ley ese matrimonio hecho en ese marco era el único que tenía validez. "No es que no te podías divorciar, lo podías hacer, pero no se tenía aptitud nupcial para volver a casarse", afirmó Vanzetti.
De esta forma, quedaba restringida la autonomía, la posibilidad de decidir y crear un proyecto de vida con quien se decidiera y formalizarlo, así no fuera con esa persona que se creyó indicada en un momento.
La visión de ese entonces estaba atada al "para siempre" heredado del derecho canónico. Aunque las personas podían divorciarse eso no sucedía rápido, si era contencioso podía demorar de dos a tres años. Esta modalidad pervivió hasta hace pocos años cuando la legislación se modificó y hoy un divorcio se resuelve en tres meses.
"Así fuera un divorcio por presentación conjunta, se fijaban dos audiencias de conciliación donde el juez debía tratar de convencer a los contrayentes para que no se divorcien. Yo tuve dos casos así donde se arrepintieron", rememoró Vanzetti. Su colega acotó que "la ley también obligaba al juez a que los contrayentes les dijeran expresamente cuáles eran las causas por las que deseaban divorciarse", cuando era algo que pertenecía a la intimidad de ellos.
Tramitación actual
Incluso divorciarse era una tarea compleja de acuerdo a lo fijado en el Código Civil anterior. Los magistrados comentaron que podían suceder dos cosas. Se distinguía una causal objetiva que obligaba a las parejas a mantenerse separadas tres años de forma ininterrumpida; o en su caso, (en la esfera subjetiva) probar la culpabilidad del otro cónyuge que incumpliera uno de los deberes del matrimonio.
"Avanzando en la autonomía, en el respeto de la libertad con el nuevo Código Civil y Comercial eso no existe más. Hoy te podés casar y al día siguiente instar el divorcio, ni tampoco es un divorcio por causal subjetiva", puntualizó Viramonte.
El razonamiento del legislador es que "a los jueces no tiene porqué interesarles si hubo incumplimiento de los deberes y por eso el fundamento que prevaleció es que en un proyecto de vida si se comienza de a dos debe sostenerse de a dos también".
No hay un divorcio contencioso en la actualidad, "uno solo quiere divorciarse y no necesita la conformidad del otro, se le notifica, pero no tiene posibilidad de oponerse". La ley solo pide que se presente una "propuesta de convenio" donde se especifique cómo se solucionarán otras cosas derivadas del matrimonio como, por ejemplo, los bienes.
Aun cuando no haya acuerdo en esa propuesta eso "nunca va a afectar el trámite del divorcio". La lógica indica que "el divorcio sale y se dicta cuando lo pide el otro". En cuanto a los deberes, que desaparecieron con la eliminación del divorcio por causa subjetiva, no significa que no existan más, pero ahora se mantienen dentro de la esfera de la moralidad y quedan fuera de la órbita jurídica.
Espejo social
Las leyes son un reflejo de cada época, eso sucedió con la institución del matrimonio civil, la creación del propio Registro Civil, la posibilidad de volver a casarse durante el peronismo trunca cuando se derrocó al presidente y el quiebre de la ley 23.515.
En la actualidad hay una tendencia a formalizar menos los vínculos a través del matrimonio y sí se incorporó al Código Civil y Comercial actual la figura de la unión convivencial. Lo mismo sucede con los divorcios que se producen más a menudo.
Por ejemplo, en el Registro Civil de San Francisco durante 2021 hubo 134 divorcios y hasta mayo de 2022 ya se contabilizaban 60, por lo que creen que la cifra podrá sobrepasar a la anterior a fin de año.
Pasaron 35 años de ese hecho y nadie obligó a otro a divorciarse, simplemente sucedió porque así lo demandaba el cambio de época. Eso les permite a las personas disponer de su propia vida sin tener que atarse a un proyecto trunco y cada vez más personas optan por ello.