Justicia
A 25 años del primer juicio con jurados en Córdoba
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También fue la primera experiencia en Argentina. El TSJ enfatizó que la participación de ciudadanos en juicio penales “marca un antes y un después en la Justicia”.
En la Sala de Audiencias del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) se desarrolló hoy un acto por el 25° aniversario del primer juicio con intervención de jurados populares celebrado en la provincia, que también fue la primera experiencia en la Argentina. Además de las autoridades judiciales, participaron los dos ciudadanos que intervinieron en aquel primer juicio por jurado celebrado el 28 de julio de 1998: Mauricio Angonova y Rubén Fausto.
El debate se desarrolló según la modalidad de jurados “escabinos” en la Cámara en lo Criminal de 2° Nominación de Río Cuarto, entonces conformada por los vocales Oscar Boni, Dalcio de María y Jorge Medina, que también estuvo presente.
Durante el acto, la vocal del TSJ, Aída Tarditti, sostuvo que la participación de jurados populares en juicio penales “marca un antes y un después en la Justicia de Córdoba”. Recordó que una investigación concretada durante los años posteriores a la implementación del sistema comprobó que los ciudadanos que participaban de la experiencia mejoraban considerablemente su opinión sobre la Justicia.
La magistrada enfatizó que los jurados Angonova y Fausto apenas superaban los 20 años de edad cuando tuvieron que juzgar un homicidio en el que, incluso, estaban constituidos como querellantes particulares los padres de la víctima. “Este día tenemos que conmemorar, reconocer y agradecer a estos ciudadanos que participaron de la experiencia de juzgar a una persona y también a esos jueces que los recibieron”, concluyó.
También se dirigió a los presentes el exfiscal de cámara Carlos Ferrer quien aseguró que unos 11.000 ciudadanos y ciudadanas “sin estridencia y sin mengua en la seguridad jurídica” ya participaron de diferentes juicios.
Ferrer también subrayó que este sistema “sacó a la sociedad del mero rol pasivo o de mero observador crítico del ejercicio del poder”; desvirtuó algunos prejuicios en relación con la participación ciudadana en la Justicia penal; y permitió que los jurados tuvieran una mayor comprensión de lo que implica hacer justicia en los casos concretos.
Finalmente, hizo uso de la palabra el jurado Angonova quien afirmó que haber sido jurado popular fue para él una “experiencia única” que la permitió “conocer la justicia desde adentro”. También opinó en que esta forma de juzgar le haría bien “a todo el país” puesto que ayudaría a la gente a confiar más en la Justicia.
Antes de terminar, Angonova contó que, hace dos días, se encontró en la calle con el hombre que había sido condenado por el tribunal que él integró, en 1998. Dijo que J. C. C. le confesó que el juicio le cambió la vida para bien; puesto que, en la cárcel, terminó el secundario y comenzó a estudiar derecho y se recibió de abogado.
Además de las autoridades mencionadas, asistieron al acto el presidente del TSJ, Domingo Sesin; el vocal Sebastián López Peña; los fiscales generales adjuntos José Gómez Demmel, Pablo Bustos Fierro y Betina Croppi; como así también camaristas penales y representantes de entidades profesionales, académicas, gremiales y penitenciarias.
En San Francisco
En agosto de 2005, se realizó en San Francisco el primer juicio oral y público con el sistema de jurados populares. En esa ocasión, un hombre fue condenado a 12 años de prisión por un homicidio, en un fallo dividido.
Los ocho miembros del jurado popular y los integrantes del tribunal condenaron a Víctor Fernando Luna por el crimen de Marcos Brito, ocurrido el 5 de julio de 2003.
El procedimiento
Este tipo de jurados, con los que se aspira involucrar a la sociedad en la administración de justicia que ella misma reclama, sólo se forma para los delitos más graves, aberrantes o de corrupción pública.
Los ciudadanos que actúan como jurado son sorteados en una audiencia pública, y luego citados por la Cámara para darles a conocer los detalles del caso, más sus obligaciones, derechos y garantías.
A partir de su incorporación al debate, los ciudadanos seleccionados gozan del estado judicial de "jurado popular", según establece el artículo 162 de la Constitución provincial.
Los integrantes del jurado no pueden conocer los pormenores de la investigación penal preparatoria del caso y sólo tendrán acceso a la prueba incorporada durante la audiencia de debate. Tampoco pueden interrogar al imputado ni a los testigos o peritos.
