Prohíben usar palabras que hagan "más atractivo" el consumo de tabaco
Prohíben usar palabras que hagan "más atractivo" el consumo de tabaco
El Gobierno estableció nuevas exigencias a las empresas, que tendrán un año para adecuarse.
El Gobierno estableció nuevas exigencias a las empresas, que tendrán un año para adecuarse.
Con el objetivo de evitar que se incremente el consumo de
tabaco, especialmente en menores de edad, el Gobierno estableció hoy una serie
de prohibiciones para las empresas fabricantes e importadoras, que no podrán
incluir en sus productos leyendas o imágenes que "tengan el posible efecto
de hacer más atractivo" el fumar.
A través de la Resolución 143/2022, publicada este jueves en
el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud fijó nuevas normas para la
divulgación de información al público acerca de los ingredientes de productos
de tabaco y prohibió la posibilidad de que se incluyan en publicidades o
etiquetados "la mención a ingredientes y aditivos, como saborizantes,
aromatizantes o cualquier otro tipo de ingrediente, haciéndose extensivo la
prohibición a leyendas, imágenes o signos figurativos que hagan referencia a
los mismos, o a sus posibles efectos sensoriales y/o que tengan el posible
efecto de hacer más atractivo el consumo del producto por los niños y
adolescentes, o dar la idea de que sea menos riesgoso para la salud".
Entre las expresiones o mensajes que ya no podrán utilizarse
se incluye la información sobre ingredientes supuestamente beneficiosos para la
salud, como frutas y verduras, hierbas, nutrientes, vitaminas, otros productos,
sustancias, características o procesos que puedan dar la idea de que el
producto sea menos riesgoso para la salud; palabras como "Light",
"Suave", "Mild", "bajo en contenido de nicotina y
alquitrán", "Natural", "Frutal", "Libre de aditivos",
"Puro", "Orgánico" o términos similares.
Tampoco se podrán utilizar términos vinculados a posibles
aromas o sabores, como chocolate, cacao, azúcar, dulces, mentol, menta, frutas,
caramelo, golosinas en general, vainilla, café, moca, crema, mojito, daiquiri,
especias, entre otros; o conceptos como fuerza, energía, ni efectos sensoriales
como Sense, Fresco, Fresh, Cool, Frío, Ice, Winter, Caliente, Fuego, Fire,
Summer, y otros.
La cartera conducida por Carla Vizzotti también fijo que no
podrán emplearse otras asociaciones que puedan resultar atractivas para los
jóvenes como las referidas a contenidos musicales, de danza, de juegos, u
otras, como Shuffle, Remix, entre otras.
El objetivo de la norma es que a través de la publicidad o
el empaquetado no pueda minimizarse el daño que produce fumar, ni se atraiga a
los menores de edad a iniciarse en el consumo de tabaco.
"La autoridad sanitaria nacional dispondrá con
exclusividad la información al público en el etiquetado y publicidad sobre ingredientes
de los productos de tabaco y/o sus posibles efectos, con el objetivo de dar a
conocer las consecuencias para la salud, la naturaleza adictiva y la amenaza
mortal que plantea el consumo de tabaco y la exposición al humo de
tabaco", subrayó el Ministerio de Salud.
Las empresas fabricantes e importadoras de productos de
tabaco tendrán un año a partir de la entrada en vigencia de la medida para
adecuar las etiquetas de los productos de tabaco que comercializan y la
publicidad de los mismos y un plazo de seis meses previo al lanzamiento de
nuevos productos para presentar ante el Ministerio de Salud la propuesta de
etiquetado y publicidad de los mismos para su autorización.
El tabaquismo es un problema mundial de salud pública con
devastadoras consecuencias sanitarias, sociales, económicas y ambientales que
hoy es responsable de más de 8 millones de muertes anuales en el mundo y de
costos sanitarios y ambientales que incluso exceden las recaudaciones fiscales
por impuestos al tabaco.
El consumo de tabaco es causa de enfermedades respiratorias
graves, como enfisema y EPOC, cáncer de pulmón, boca, labios, lengua, laringe y
faringe, cáncer de estómago, de esófago, de páncreas, de vejiga, de riñón, de
cuello de útero, de colon y de recto, de hígado, de mama, de la cavidad nasal,
de ovario y ciertas formas de leucemia, y también es causa de patologías
cardiovasculares, como enfermedad coronaria, ACV y enfermedad vascular
periférica.
Esta epidemia representa la primera causa de muerte
prematura evitable a nivel mundial y en la Argentina produce más de 40 mil
muertos por año, incluyendo alrededor de 5 mil muertes anuales en no fumadores
por exposición al humo de tabaco ajeno.
Con el objetivo de evitar que se incremente el consumo de
tabaco, especialmente en menores de edad, el Gobierno estableció hoy una serie
de prohibiciones para las empresas fabricantes e importadoras, que no podrán
incluir en sus productos leyendas o imágenes que "tengan el posible efecto
de hacer más atractivo" el fumar.
A través de la Resolución 143/2022, publicada este jueves en
el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud fijó nuevas normas para la
divulgación de información al público acerca de los ingredientes de productos
de tabaco y prohibió la posibilidad de que se incluyan en publicidades o
etiquetados "la mención a ingredientes y aditivos, como saborizantes,
aromatizantes o cualquier otro tipo de ingrediente, haciéndose extensivo la
prohibición a leyendas, imágenes o signos figurativos que hagan referencia a
los mismos, o a sus posibles efectos sensoriales y/o que tengan el posible
efecto de hacer más atractivo el consumo del producto por los niños y
adolescentes, o dar la idea de que sea menos riesgoso para la salud".
Entre las expresiones o mensajes que ya no podrán utilizarse
se incluye la información sobre ingredientes supuestamente beneficiosos para la
salud, como frutas y verduras, hierbas, nutrientes, vitaminas, otros productos,
sustancias, características o procesos que puedan dar la idea de que el
producto sea menos riesgoso para la salud; palabras como "Light",
"Suave", "Mild", "bajo en contenido de nicotina y
alquitrán", "Natural", "Frutal", "Libre de aditivos",
"Puro", "Orgánico" o términos similares.
Tampoco se podrán utilizar términos vinculados a posibles
aromas o sabores, como chocolate, cacao, azúcar, dulces, mentol, menta, frutas,
caramelo, golosinas en general, vainilla, café, moca, crema, mojito, daiquiri,
especias, entre otros; o conceptos como fuerza, energía, ni efectos sensoriales
como Sense, Fresco, Fresh, Cool, Frío, Ice, Winter, Caliente, Fuego, Fire,
Summer, y otros.
La cartera conducida por Carla Vizzotti también fijo que no
podrán emplearse otras asociaciones que puedan resultar atractivas para los
jóvenes como las referidas a contenidos musicales, de danza, de juegos, u
otras, como Shuffle, Remix, entre otras.
El objetivo de la norma es que a través de la publicidad o
el empaquetado no pueda minimizarse el daño que produce fumar, ni se atraiga a
los menores de edad a iniciarse en el consumo de tabaco.
"La autoridad sanitaria nacional dispondrá con
exclusividad la información al público en el etiquetado y publicidad sobre ingredientes
de los productos de tabaco y/o sus posibles efectos, con el objetivo de dar a
conocer las consecuencias para la salud, la naturaleza adictiva y la amenaza
mortal que plantea el consumo de tabaco y la exposición al humo de
tabaco", subrayó el Ministerio de Salud.
Las empresas fabricantes e importadoras de productos de
tabaco tendrán un año a partir de la entrada en vigencia de la medida para
adecuar las etiquetas de los productos de tabaco que comercializan y la
publicidad de los mismos y un plazo de seis meses previo al lanzamiento de
nuevos productos para presentar ante el Ministerio de Salud la propuesta de
etiquetado y publicidad de los mismos para su autorización.
El tabaquismo es un problema mundial de salud pública con
devastadoras consecuencias sanitarias, sociales, económicas y ambientales que
hoy es responsable de más de 8 millones de muertes anuales en el mundo y de
costos sanitarios y ambientales que incluso exceden las recaudaciones fiscales
por impuestos al tabaco.
El consumo de tabaco es causa de enfermedades respiratorias
graves, como enfisema y EPOC, cáncer de pulmón, boca, labios, lengua, laringe y
faringe, cáncer de estómago, de esófago, de páncreas, de vejiga, de riñón, de
cuello de útero, de colon y de recto, de hígado, de mama, de la cavidad nasal,
de ovario y ciertas formas de leucemia, y también es causa de patologías
cardiovasculares, como enfermedad coronaria, ACV y enfermedad vascular
periférica.
Esta epidemia representa la primera causa de muerte
prematura evitable a nivel mundial y en la Argentina produce más de 40 mil
muertos por año, incluyendo alrededor de 5 mil muertes anuales en no fumadores
por exposición al humo de tabaco ajeno.