“El juicio abreviado fue una estrategia”, explicó el abogado Fabián Manrique condenado por estafa
El penalista se ampara en el "principio de inocencia" hasta que la sentencia quede firme y denunció persecución y terrorismo judicial en Córdoba tras ser condenado junto a otros profesionales en una causa por estafas a ART.
"Nosotros necesitamos salir de la órbita de la justicia de Córdoba para llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, pero dicho camino no estaba garantizado conforme fue expuesto por uno de los abogados de la defensa, que denunció la persecución que hicieron y la extorsión como además el terrorismo judicial que existe en Córdoba. Para ello debíamos poder garantizar que la pena sea de cumplimiento no efectivo e inmediata ya que pondrían en juego nuestra libertad".
De esta manera, el abogado Fabián Manrique justificó su declaración de culpabilidad para acceder a un juicio abreviado en el marco de una causa por estafas a aseguradoras de riesgos del trabajo (ART), en la que estuvo involucrado él, otros abogados, médicos y particulares, y fue cuatro años y un mes de prisión de ejecución condicional.
"Nuestra estrategia utilizada fue el artículo 415, juicio abreviado y como nosotros revestimos la doble calidad, es decir imputado, que en el proceso penal puede mentir o decir la verdad y nada varía, reconocimos los hechos para acceder a la pena pautada, pero al ser nuestros propio defensores, solicitamos la extinción de la pena como además, el reintegro de lo compensado de más", se explayó Manrique.
No existiendo perjuicio, Manrique dijo que "el tribunal de Cámara que sentenció solo podía homologar el acuerdo arribado, sin modificarlo, es decir, no podía agravar la pena, lo que deja abierta la posibilidad conforme fue expuesto en los alegatos que se trata de una pena natural, extinguida, conspiración, tráfico de influencia, terrorismo judicial, lavado de activo por parte de la provincia ART", siguió.
"Utilizamos la estrategia adecuada. Esto recién empieza. Y ahora comienza la batalla por llegar a la Corte, quien determinará si somos o no responsables. Está historia judicial de Córdoba, tarde o temprano saldrá a la luz. Mientras la sentencia no esté firme, existe la vigencia del principio de inocencia", concluyó.
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La sentencia
Casi 10 años después de iniciarse la instrucción judicial, siete acusados terminaron admitiendo su responsabilidad en los hechos de la acusación y accedieron a un acuerdo con la fiscal de Cámara María de las Mercedes Balestrini para penas de prisión efectiva. No obstante, esas condenas no los devolverán a la cárcel porque acceden a la libertad condicional al computárseles los lapsos que estuvieron detenidos con prisión preventiva.
Según informó La Voz del Interior, la sentencia de la Cámara 9ª, integrada por Roberto Cornejo (presidente), Gustavo Rodríguez Fernández y Martín Bertone, resolvió las siguientes condenas: a los abogados Ariel Merlini y Fabián Manrique, cuatro años y un mes de prisión; a los médicos José Barbero y Mario Pacheco, tres años y 10 meses de prisión; a los abogados Claudio Viale y Francisco Rueda, tres años y cuatro meses de prisión, y al médico Gonzalo Vieyra Ledesma, nueve meses de prisión.
Estos siete condenados admitieron haber participado en las maniobras defraudatorias descriptas por los fiscales Enrique Gavier y Mariano Antuña (este elevó la causa a juicio) que consistían en estafar a las ART con reclamos de resarcimientos basados en certificados médicos falsos. Esta primera línea tenía por damnificada a la ART Provincia (de Buenos Aires) con empleados de la Municipalidad de Córdoba.
La mayoría de los acusados pidieron penas de prisión que contemplaran la acción penal cumplida a partir del encierro en prisión preventiva (dos o tres años, según los casos), pero la acusadora lo rechazó. Ahora, están libres, con libertad condicional por haber cumplido los dos tercios de la pena y por la buena conducta demostrada.
Además, la fiscal Balestrini admitió las probation (suspensión del juicio a prueba) de otros cinco acusados: Jorge Vieyra Ledesma (médico), Carlos Delera, Hilda Gonella y Luciana Colavino.
Fuera de este juicio quedaron los abogados Carlos Dulce Villada, que insistió en una extinción de la acción penal por reparación a la víctima (algo que el Tribunal Superior ya rechazó) y Agustín Cornavaca, a quien la fiscal le rechazó el pedido de probation.
El querellante por la ART, Juan Fernández Alé, pidió la "equiparación del juicio", que permite separar el trámite y juzgar por separado.
Sobre estos dos casos, el tribunal se expedirá en los próximos días.