El Gobierno dispuso una serie de pautas y principios para la adquisición de la vacuna
A través de la Decisión Administrativa 1721/2020, que fue publicada anoche en un suplemento del Boletín Oficial, estableció los principios que se tendrán que tener en cuenta para realizar las compras directas de las dosis.
Finalmente, la norma habla de la necesidad de "propiciar que el Estado nacional cuente en el menor plazo posible con la cantidad suficiente de dosis de vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19".
"Desde el inicio de las actuaciones y hasta la finalización de la ejecución del contrato, toda cuestión vinculada con la contratación deberá interpretarse sobre la base de una rigurosa observancia de los principios que anteceden", señala la decisión firmada por Cafiero.
Asimismo se dispone que "las actuaciones por las cuales tramiten las adquisiciones deberán ser remitidas a la Auditoría General de la Nación para que, en caso de considerarlo oportuno, pueda realizar una intervención concomitante".
También indica que los contratos previstos "podrán ser financiados en forma indistinta, total o parcialmente, por el Tesoro Nacional o mediante préstamos de organismos internacionales".
En los considerandos de la medida, se señala que "a la fecha existen 146 vacunas candidatas en fase preclínica y 36 en fase clínica que utilizan una gama de plataformas tecnológicas producidas por un importante número de fabricantes en todo el mundo que afrontarán un nivel de demanda global en un entorno de suministro limitado, lo cual requiere tomar medidas excepcionales para asegurar el acceso oportuno".
Sostiene además que "para la selección del proveedor o de los proveedores se deberá priorizar la seguridad sanitaria, la inmediatez en la provisión y los criterios de eficiencia y eficacia en los tiempos de los distintos desarrollos que se encuentran en marcha".