Condena por “grooming” en la ciudad
El primer juicio y condena por "grooming" en San Francisco se convertirá en un faro a seguir, porque instaló la conciencia de que es vital estar atentos a la utilización de los medios digitales para generar contactos con menores de edad con objetivos fundamentalmente sexuales.
Un hombre fue condenado a 4 años de prisión efectiva con declaración de reincidencia, acusado de acosar a una menor de 10 años a través de contacto por WhatsApp, conducta conocida como "grooming" o "acoso sexual virtual". Esta persona accedió a un juicio abreviado en el que se declaró autor del hecho que se le imputa, en una causa sin precedentes en los tribunales sanfrancisqueños.
El "grooming" es la acción deliberada por la que un adulto busca acosar sexualmente a un niño o niña mediante el uso de Internet u otros programas de mensajería. Tiene el fin de entablar una relación sentimental o de amistad con la víctima y obtener su confianza. De allí a la posibilidad del abuso o la violación, existe un solo paso. Por lo general, estos adultos generan perfiles falsos en redes sociales y así logran incautar las voluntades de los menores de edad mucho más proclives a creer, en su ingenuidad y por su contacto natural con las nuevas tecnologías, en la cercanía virtual.
Hace pocos meses, en este diario se publicó un informe en el que se hizo referencia a una encuesta de una entidad experta en seguridad informática. Se señaló que para el 68,3% de los adultos en el país, el "grooming" es una amenaza muy frecuente. Asimismo, el 26,3% confirmó conocer un niño que ha sido víctima de esta práctica. De estos menores, un 52,9% tiene entre 11 y 15 años, y un 33,7% entre 7 y 10. La estadística ratifica la convicción de que se trata de situaciones que afectan la vida de muchos menores de edad.
Por ello, más allá de las consideraciones que puedan hacerse en torno al contenido del fallo judicial, resulta muy significativo que haya concluido una causa sobre esta temática, nueva y desafiante, que establece nuevos parámetros para la acción de los magistrados, así como concepciones quizás diferentes a la hora del juzgamiento de determinadas conductas. Lo cierto es que los delitos que se cometen a través de las redes sociales u otras herramientas digitales requieren de acción concreta y decisiva que debe ser llevada adelante por los organismos de seguridad y los tribunales en todo el país.
Esto último se relaciona con las características del caso juzgado en San Francisco, donde una madre presente en el cuidado de su hija, tomó las riendas de la investigación y contactó haciéndose pasar por ella al ahora condenado. Las circunstancias del hecho también merecen ser analizadas, especialmente para remarcar la importancia de la acción de los padres frente a este tipo de fenómenos, la que debe ser apoyada de inmediato por las autoridades cuando los angustiados progenitores llegan con la denuncia y hasta con las pruebas del delito.
La finalización de este caso se convertirá en un faro a seguir, más allá de las disputas judiciales y apelaciones que puedan hacerse. Porque instaló la conciencia de que es vital estar atentos a la utilización de los medios digitales para generar contactos con menores de edad con objetivos fundamentalmente sexuales. La función paterna, en esto, es central. El diálogo con los hijos y la cercanía se asumen como posturas fundamentales a la hora de protegerlos y apoyarlos frente a amenazas graves como el "grooming" y otras similares.
La Justicia ha actuado. Una madre ha incluso puesto en riesgo su seguridad para encontrar a quien pretendió acosar virtualmente a su hija, mostrando el camino a muchas otras. Es de esperar que desde el Estado, la escuela y otros organismos también se profundice la protección de los niños y adolescentes que están expuestos a situaciones que, si no se detectan y combaten, pueden convertirse en un verdadero calvario.