Tras la clausura de “previa”, insisten en la importancia de controlar el acceso al alcohol
La ordenanza municipal establece fuertes multas por tomar bebidas alcohólicas en la vía pública o por el expendio de éstas a menores, que pueden superar los 130 mil pesos y la clausura del comercio. Desde la municipalidad aseguran que se realizan "muchas actas" de infracción.
El procedimiento policial que derivó en la interrupción de una fiesta ilegal donde se constató la presencia de 73 menores de edad en un contexto donde se incluían bebidas alcohólicas puso en evidencia la importancia que revisten los controles de parte de las autoridades para garantizar el cumplimiento de las normativas vigentes.
El episodio que generó el procedimiento ocurrió en una fiesta privada que se desarrollaba en la madrugada del domingo en un domicilio de calle Entre Ríos al 1100, en barrio Vélez Sarsfield de nuestra ciudad.
Muchas actas
Fuentes de la Secretaría de Gobierno ratificaron la importancia que reviste la realización de controles preventivos a los fines de evitar la reiteración de este tipo de episodios para lo cual se destacó "el trabajo que en este caso lleva a cabo la Policía Municipal" en las tareas de control del cumplimiento de las ordenanzas vigentes que prohíben el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública así como también la presencia de menores en lugares no autorizados.
"Se están haciendo controles, sobre todo, en la avenida Cervantes", señalaron las fuentes para luego indicar que "no solo se controlan los fines de semana sino también los días de semana".
La mayor presencia de los inspectores con poder de policía en el sector de la "costanera", entre otras cuestiones, responde al mayor flujo de gente que genera la proliferación de los food truck o "carritos", que obliga a intensificar el control del expendio de bebidas alcohólicas a menores de edad y su consumo en la vía pública en lugares no autorizados para ello. Por infracción a la segunda norma, solo en un fin de semana, labraron 14 actas de infracción que derivan en multas.
"Existen muchas actas" impuestas ante la constatación de infracciones por consumo de alcohol en la vía pública por parte de menores de edad, reconocieron desde el área municipal.
"Los efectivos de Policía Municipal están trabajando de manera muy intensa y producto de ello se obtienen muy buenos resultados en materia de control y supervisión del cumplimiento de las normas", aseguraron.
Sanciones
El Código de Faltas Municipal vigente dispone de una serie de penalidades y prohibiciones establecidas entre los artículos 150 y 163, tendientes a regular y prohibir determinadas acciones como el expendio y consumo de bebidas alcohólicas a menores o en lugares no habilitados.
Para ello se deja en claro los siguientes puntos:
* Prohibición total de instigación al consumo, suministro gratuito u oneroso de bebidas alcohólicas a menores de 18 años en todo lugar.
*Prohibición a las personas de permanecer en la vía pública consumiendo bebidas alcohólicas con excepción de los lugares habilitados para tales efectos.
*Se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en envases cerrados, entre las 23 y las 8, a toda persona, cualquiera sea su edad.
* Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas a menores de 18 años. La sola presencia de un menor de 18 años en lugares habilitados para mayores de edad, determinará, en caso de consumo de alcohol por parte del mismo, la responsabilidad objetiva del titular de la actividad en carácter de facilitación a la ingesta.
¿Cuánto cuestan las multas?
El mismo Código establece diferentes tipos de sanciones que penan el incumplimiento de la normativa establecida.
Para ello, el propietario o representante legal de los establecimientos que no acate las prohibiciones señaladas será sancionado según la siguiente escala: primer hecho, entre 50 y 500 Unidades de Multa (entre $ 3.312 y $ 33.120).
En la primera reincidencia el monto de la infracción está comprendido entre $ 6.624 y $ 66.240. El juez podrá disponer además la clausura del establecimiento por un término de hasta 90 días.
En la segunda reincidencia la multa mínima será de $ 13.248 y podrá extenderse a $ 132.480 mientras que el juez podrá disponer la clausura por el término de hasta 180 días.
Aquellas personas o establecimientos que vendan bebidas alcohólicas para consumir en la vía pública serán sancionadas con multas que van desde los $2.000 pesos a $20.000.
Los titulares o responsables de establecimientos donde se detecte el consumo de bebidas alcohólicas por parte de menores deberán abonar una multa que va desde $ 6.624 a $ 66.240. En la primera reincidencia el monto a abonar en concepto de multa se duplica mientras que en la segunda reincidencia, deben abonar el triple del valor original.
En aquellos establecimientos que no se encuentren habilitados para el expendio de bebidas alcohólicas se podrá proceder a la intervención y al decomiso de la mercadería en el mismo acto de constatación de la infracción.