Proyecto de ley busca extender plazo de prescripción por accidentes laborales
La iniciativa fue presentada por los legisladores Ramón Giraldi y José Pihén.
Los legisladores provinciales Ramón Giraldi y José Pihén (Hacemos por Córdoba) están impulsando la sanción de un proyecto de ley que busca modificar el plazo de 45 días computados desde la notificación de la resolución emanada de la comisión médica jurisdiccional y con ello garantizar el plazo de prescripción de dos años de dicho procedimiento en lugar de los 45 días hábiles judiciales que tiene actualmente.
Esto se enmarca dentro de lo dispuesto por la Ley de Riesgos del Trabajo que en su articulado prevé el accionar de las comisiones médicas obligatorias. Cada provincia debía establecer su propio marco de adhesión a la citada ley respetando el plazo de prescripción que prevé la Ley de Riesgos del Trabajo.
En el momento en que la provincia de Córdoba adhirió a la ley de Riesgos del Trabajo, se decidió modificar el plazo de dos años y convertirlo en 45 días hábiles judiciales, lo que por cierto redujo notoriamente el término fijado en la normativa nacional.
A partir de allí comenzaron a generarse objeciones al entender que "no se puede pretender modificar una ley nacional con una ley provincial, eso es algo que no puede pasar porque viola el artículo 31° y el 130° de la Constitución Nacional".
Quien sostiene un razonamiento de estas características es el juez de Faltas de la provincia de Córdoba, Carlos Rolfo, quien en diálogo con LA VOZ DE SAN JUSTO se mostró a favor de la iniciativa impulsada por los legisladores Giraldi y Pihén y en este caso dijo que "en caso de no presentarse a la instancia judicial dentro de los 45 días la actual legislación aplica como sanción la pena de la caducidad, lo que por cierto es terrible porque provoca la extinción del derecho del trabajador".
"Esta situación fue planteada a Ramón Giraldi porque parecía una cuestión importante a tener en cuenta ya que beneficia a un importante número de trabajadores. Para eso, Ramón (Giraldi) tomó contacto con José Pihén quien preside la Comisión de Trabajo y en conjunto presentaron el proyecto con el solo fin de modificar el artículo de la ley de adhesión que lleva de 45 días hábiles judiciales a 2 años tal como lo prevé la ley de riesgos del trabajo", explicó.
Tras una serie de pasos, actualmente la iniciativa se encuentra a la espera de lograr el trámite parlamentario con el tratamiento en comisión. "Hay una serie de instituciones que quieren concurrir para dar sus argumentos a favor del proyecto de ley", explicó.
Jurisprudencia
Rolfo recordó además que "el pasado 10 de marzo, el Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Córdoba, en pleno, dictó un fallo convalidando el plazo de 45 días hábiles judiciales señalando que con el mismo se favorece al trabajador porque se aplica el principio de celeridad y con ello se logre una justa reparación del daño sufrido por una enfermedad profesional en menor tiempo".
No obstante, Rolfo se permitió discrepar con lo dispuesto por el TSJ indicando que "lo único que hace esto es complicar aún más el acceso a la Justicia y una vez que se ingresa al Poder Judicial no se sabe cuándo se va a finalizar el expediente lo que termina haciendo perder el derecho que legítimamente le corresponde".
La construcción, un caso testigo
En el caso de San Francisco, explicó que "el atraso de la Cámara del Trabajo es muy grande y por eso, una vez que se cierra la etapa de instrucción de la prueba, el expediente 'duerme' más de dos años hasta que se fija una audiencia de vista de causa".
Ante el actual estado de situación que presenta el proyecto, Rolfo comentó que "el panorama actual es muy grave, sobre todo en la actividad de la construcción, ya que cuando ocurre un accidente laboral las empresas hacen las denuncias a la ART y empiezan a darle cobertura. Una vez que eso sucede, muchas veces las empresas dan la baja porque ellos van pagando un fondo de cese laboral, más allá de la liquidación normal de su indemnización. Por ende, el trabajador tiene tres meses más de uso de obra social luego de extinguida la relación laboral, aunque hay casos en los que la lesión insume un plazo mayor de atención".