Caso Maximiliano Sosa: la justicia federal de Rafaela seguirá con la investigación
La Corte Suprema dispuso que fuera la Justicia Federal rafaelina la que continúe con la causa del niño desaparecido en 2015 y por la cual están imputados su abuela y pareja.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso que el fuero federal de la ciudad santafesina de Rafaela investigue el caso de Maximiliano Sosa, el niño de tres años desaparecido en Ceres en 2015, y por el cual se encuentra imputada la abuela del niño y su pareja.
Con este fallo, la Corte Suprema definió así una "cuestión de competencia" entre el juzgado federal de Rafaela y el de primera instancia de la circunscripción judicial V de San Cristóbal, también de la provincia de Santa Fe.
El fallo
En su dictamen (al que se remitió la Corte), el Procurador General de la Nación interino, Eduardo Casal, sostuvo que correspondía la intervención de la justicia federal "frente a la situación de "vulnerabilidad de la víctima menor de edad, quien se encuentra desaparecida desde diciembre de 2015".
El mismo criterio expusieron los titulares de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas, dependiente del Ministerio Público Fiscal.
"La justicia federal no puede declinar su competencia ni rechazar la que se le pretende atribuir sin antes realizar las medidas necesarias para establecer si se halla o no configurado o no ese ilícito", remarcó Casal.
El fallo de la Corte que ordenó la remisión del expediente al Juzgado Federal de Rafaela, fue firmado por el presidente del máximo tribunal, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda.
Imputación
Según las fuentes, a la mujer identificada por sus iniciales como PDS, que es investigada junto a su pareja ARM, se le atribuye haber denunciado la desaparición del menor cuyo paradero se desconoce para dificultar la investigación del caso.
A la mujer se le atribuyen los delitos que reprimen los artículos 146 y 245 del Código Penal y a su pareja sólo el primero de ellos.
El artículo 146 Código Penal prevé hasta 15 años de prisión para "el sustrajere a un menor de 10 años del poder de sus padres, tutor o persona encargada de él, y el que lo retuviere u ocultare", mientras que el 245 castiga con cárcel de dos meses y multa "al que denunciare falsamente un delito".
La desaparición
Según consta en la causa, "entre el 18 y el 21 de diciembre de 2015 PDS junto a su pareja habrían sustraído al nieto de aquella, del poder de su madre, y lo habrían retenido y ocultado.
Todo esto en la vivienda que habitaban, conocida como 'El Chalecito', en la zona rural de Colonia Montefiore" en el noroeste santafesino, próximo al límite con Santiago del Estero.
Luego, según las fuentes, a la vez que el paradero del menor se tornó "incierto", la abuela denunció su desaparición.
Elementos de prueba aportados a la causa, entre ellos un video encontrado en el teléfono celular de ARM indicarían que "el niño habría sido ofrecido a otras personas a cambio de algún rédito económico".
También se evaluó el testimonio de una vecina sobre el incremento patrimonial de la pareja que, pese a integrar una familia numerosa de bajos recursos, en un allanamiento en la casa de ARM se secuestraron electrodomésticos nuevos, "algunos de alto valor", cuyo origen "no pudo ser justificado".