Cafferata Nores analizó en San Francisco la versión cordobesa de la Ley del Arrepentido
"Creo que se han obtenido resultados muy satisfactorios", dijo el reconocido penalista sobre la adhesión, con modificaciones, que hizo nuestra provincia de la legislación nacional.
"La del arrepentido no es una figura nueva ni en el mundo, ni en la historia ni en la Argentina". Así lo aseguró el penalista José Ignacio Cafferata Nores al analizar la Ley del Arrepentido y su aplicación en Córdoba.
Cafferata Nores participó del seminario de capacitación "Temas Actuales del Derecho Penal y Procesal Penal", organizado por la Universidad Uces y la Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial, con la dirección de la doctora María Teresa Garay y la coordinación de Daniel Crivello. El mismo se llevó a cabo en las instalaciones de la UTN San Francisco y estuvo dirigido a abogados, funcionarios, empleados del Poder Judicial, estudiantes de la carrera de Derecho y público general.
En ese marco, Cafferata Nores dialogó con LA VOZ DE SAN JUSTO sobre la aplicación en nuestra provincia de la adhesión a la ley nacional 27.304 que le permitirá a la Justicia de Córdoba utilizar la figura conocida como del arrepentido.
La iniciativa fue aprobada en 2018 en la Unicameral y toma la normativa nacional sancionada luego del episodio del exsecretario de Obras Públicas José López y la adapta a las condiciones propias del sistema cordobés.
"Esta no es una figura nueva ni en el mundo, ni en la historia ni en la Argentina. Aquí hemos tenido casos de arrepentidos, los más conocidos estuvieron relacionados a la investigación de delitos como asociación ilícita, narcotráfico, secuestros extorsivos y se utilizó durante un tiempo en el tema del terrorismo, además de delitos como la corrupción política o administrativa", recordó el entrevistado.
¿Quién es el arrepentido? "Básicamente, alguien como usted o yo que participa de un delito y a los fines de lograr una reducción en la pena, proporciona información sensible para la investigación de organizaciones delictivas poderosas, desde la identificación de sus jefes como también sus modos de operar o el lugar en donde oculta el botín", resumió.
Además, Cafferata Nores marcó la diferencia entre el testigo protegido y el arrepentido: "El arrepentido tiene una particularidad, tiene que ser cómplice del delito, es un delator de sus propios cómplices, mientras que el testigo protegido es una persona que no es cómplice, que por alguna razón en particular oculta su identidad y aporta datos para la investigación y el esclarecimiento de un delito".
Sobre la utilización de estas figuras en la justicia, tanto en el ámbito provincial y nacional, el abogado dijo que "hay instituciones que le están proporcionando la seguridad necesaria al testigo protegido y al arrepentido. Creo que se han obtenido resultados muy satisfactorios, de todas formas, las dos figuras son muy delicadas porque se prestan a muchas cosas, el anonimato favorece intereses políticos, venganzas personales, falsas pistas".
La legislación provincial
La ley provincial aprobada en octubre pasado incluye algunos aspectos diferentes a la normativa nacional. Por ejemplo, se establece que se aplicará la prisión preventiva a aquellos arrepentidos que brinden información errónea o falsa, por considerar que ello implica un entorpecimiento de la investigación.
Otro aspecto novedoso está vinculado con que para firmar un acuerdo de colaboración el imputado que ha cometido un delito de corrupción tiene que, en forma paralela a su declaración, hacer una propuesta respecto de cómo devolverá los bienes o el dinero de los cuales se habría beneficiado.
En la legislación cordobesa se incorporó a la exigencia de la reducción de pena que el arrepentido brinde datos, restituya o realice un plan de pagos para la restitución de los dineros con los que se hubiera beneficiado a través de los actos de corrupción. Según los especialistas en materia penal, esto produce un avance.
Tal como está ahora, la ley se aplica a los delitos de la órbita federal. La causa de los cuadernos que destapó el diario La Nación abrió una red que incluyó a empresas de todo el país, incluidas las cordobesas Roggio y Electroingeniería. En ambas, la confesión de algunos de sus directivos -gracias a la adhesión a la figura del arrepentido- les permitió a los imputados no ir a prisión.
"Para que se otorgue el beneficio, el arrepentido tiene que proporcionar información probatoria importante para avanzar en la investigación. El quid de esta cuestión es que el juez pueda comprobar que es información verídica. Y el premio es cuando tu información es importante o decisiva para identificar otros autores o lograr la restituciones de los bienes", recordó Cafferata Nores.