Aborto legal: “Hay que sostener el debate en la sociedad”
En una concentración en la Plaza Cívica se analizó el nuevo proyecto de interrupción voluntaria del embarazo, punto por punto.
La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito presenta por octava vez un proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), con modificaciones respecto al del año pasado, que está dividido en tres títulos que abarcan las condiciones de la práctica, las políticas de prevención y las reformas del Código Penal.
El objetivo del "pañuelazo" verde que este lunes se realizó en gran parte del país y San Francisco no fue la excepción, tenía como objetivo desarrollar estos puntos del texto que regresa -con algunas modificaciones- al Congreso luego de obtener media sanción en 2018.
En ese marco, en la Plaza Cívica de nuestra ciudad se reunió a un centenar de personas nucleadas en organizaciones como "Socorro Rosa San Francisco" y "Mujeres Unidas" que se congregaron bajo el lema "Ni una muerta más por abordos clandestinos, niñas, no madres, aborto legal, libre, acompañado y feminista", en el contexto de la Jornada Mundial por la Salud de las Mujeres.
"Esta nueva presentación del proyecto tiene que ver con sostener el debate en la sociedad y también para "que nosotros podamos saber cuál es el posicionamiento en relación al aborto de los candidatos de las próximas elecciones generales", aseguraron Carla Ghisolfi y Paola Methyaz, dos mujeres involucradas en la organización de las actividades en San Francisco.
Alcance
En la Plaza Cívica, se leyó el proyecto de legalización del aborto que será debatido por Diputados. Respecto a los puntos salientes del proyecto como el alcance, los colectivos pro aborto recordaron que además de la mujer se incluyó "otras identidades con capacidad de gestar" a quienes "tienen derecho a decidir voluntariamente y acceder a la interrupción de su embarazo hasta las catorce semanas, inclusive, del proceso gestacional".
Causales y plazos
Otro de los aspectos en los que se ahondó fueron las causales. Más allá de las 14 semanas, el proyecto establece que toda mujer o persona gestante tiene derecho a interrumpir su embarazo en los siguientes casos: a) Si el embarazo fuera producto de una violación, con el solo requerimiento y la declaración jurada de la persona ante el/la profesional o personal de salud interviniente y b) Si estuviera en riesgo la vida o la salud integral de la mujer o persona gestante
Aquí se sacó la causal de "malformaciones" que estaba presente en el proyecto anterior por entenderlo como parte del concepto de salud integral de la mujer.
En cuanto a los plazos, el proyecto fija un plazo máximo de 5 días corridos desde su requerimiento para a acceder a la realización de la práctica del aborto en los servicios del sistema de salud.
Paola Methyaz y Carla Ghisolfi
Acceso a la información
El nuevo proyecto incorpora que el sistema de salud debe garantizar un/a intérprete de la lengua o idioma en la que se comunica la persona que requiere la práctica. En el caso de las personas con discapacidad se debe proporcionar en formatos y medios accesibles y adecuados a sus necesidades.
Carla Ghisolfi y Paola Methyaz, dos mujeres involucradas en la organización de las actividades en San Francisco, coincidieron en asegurar que "hay mucha desinformación al hablar de aborto", por ello, en esta actividad realizada en la Plaza Cívica "estamos dando lectura del proyecto para que todos los presentes se saquen las dudas y se informen y de esa manera se garanticen nuestros derechos y saber de qué estamos hablando cuando hablamos de aborto".
Niñas y adolescentes
En cuanto al apartado sobre la situación de niñez y adolescencia, el proyecto establece que si la IVE "debe practicarse en una persona menor de 13 años de edad se requerirá su consentimiento informado con la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal" o a las fijadas según la ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y el artículo 59 del Código Civil y Comercial de la Nación.
En tanto que "si la interrupción voluntaria del embarazo es requerida por una persona adolescente de entre 13 y 16 años de edad se presume que cuenta con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento" a excepción que esté en riesgo su salud, en cuyo caso "deberá prestar su consentimiento con la asistencia de al menos uno de sus progenitores".
Discapacidad
En cuanto a personas con discapacidad y personas con capacidad restringida, es un apartado nuevo del proyecto y establece que ninguna mujer o persona gestante puede ser sustituida al dar su consentimiento por terceras personas, "independientemente de su discapacidad, diagnóstico en su salud o determinación judicial sobre su capacidad jurídica".
Objeción de conciencia
La objeción de conciencia de parte de los profesionales no fue contemplado en el proyecto. "Nosotros consideramos que las personas que trabajan en el Estado tienen que garantizar los derechos de las personas con capacidad de gestar con total igualdad", consideraron las entrevistadas.
Cobertura
En referencia a la cobertura, el artículo 11 estableció que además del sistema público de salud, la práctica debe estar incluida en el Plan Médico Obligatorio (PMO).
"Una mujer debe hacerse atender donde considere que se sienta bien. Si esa persona tiene obra social y quiere hacer valer su derecho con el médico conocido, de confianza, eso debe estar garantizado", agregaron Ghisolfi y Methyaz.
Código Penal
El proyecto propone que se sustituya el artículo 86 del Código Penal por la siguiente redacción: "No es delito el aborto realizado con consentimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana catorce (14), inclusive, del proceso gestacional".
Fuera del plazo establecido en el párrafo anterior, el proyecto propone expresar que "no será punible el aborto practicado con el consentimiento de la mujer o persona gestante: a) Si el embarazo fuera producto de una violación. Se debe garantizar la práctica con el solo requerimiento y la declaración jurada de la mujer o persona gestante ante el/la profesional o personal de salud interviniente; b) Si estuviera en riesgo la vida o la salud integral de la mujer o persona gestante".
En relación al artículo 87 el proyecto propone que "será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que con violencia causare un aborto sin haber tenido el propósito de causarlo, si el estado del embarazo de la mujer o persona gestante fuere notorio o le constare".
En cuanto al artículo 88 del código se propone que "la mujer o persona gestante no sea penada en ningún caso".